Respiro para los autónomos en Módulos

El Ministerio de Hacienda ha decidido prorrogar dos años más los viejos límites y posponer al 2018 la entrada en vigor de los topes de 125.000 y 75.000 euros, respectivamente, previstos en la ley 26/2014 de la reforma del IRPF. De este modo, un mayor número de autónomos y profesionales podrán elegir seguir tributando en el régimen de módulos, si te resulta conveniente, hasta 2018 como mínimo.


Algo más de 1,4 millones de autónomos en España declaran su actividad al fisco a través del régimen de estimación objetiva, popularmente conocida como «módulos»
Muchos erais los preocupados, ahora a respirar aliviados después de que al Ministerio de Hacienda se lo hayan pospuesto dos años, hasta el 2018, el endurecimiento de los requisitos que les impediría seguir declarando a través de esta fórmula, que supone una cuota fija en lugar de tributar por la diferencia entre ingresos y gastos, que obliga a llevar una contabilidad.
Así, durante el 2016 y el 2017 miles de pequeños negocios que trabajáis directamente con el consumidor final (se incluyen todo tipo de comercios, taxis, etc.) que facturáis hasta 250.000 euros anuales podréis seguir tributando por módulos, ya que la rebaja a 150.000 euros al año -prevista en la reforma fiscal, la ley 26/2014- no entrará en vigor el próximo enero, como estaba previsto.
También los profesionales estarán obligados a emitir factura por los servicios prestados a otras empresas cuando estos superen los 125.000 euros al año, en lugar de los 75.000 que marcaba el cambio normativo pospuesto.
La enmienda, identificada con el número 3.460, justifica la nueva ampliación de la moratoria -cabe recordar que la reforma fiscal ya estableció un período transitorio de un año para la entrada en vigor de los nuevos máximos de facturación, hasta enero del 2016- en la «necesidad de adaptación de la organización de los empresarios individuales a las nuevas obligaciones formales y de registro de operaciones, que va a conllevar la exclusión del método de estimación objetiva».
"La necesidad de adaptación de la organización de los empresarios individuales a las nuevas obligaciones formales y de registro de operaciones, que va a conllevar la exclusión del método de estimación objetiva, aconsejan establecer para 2016 y 2017 un régimen transitorio que facilite dicha adaptación", justifica el texto de la enmienda.
Las organizaciones de autónomos y patronales sectoriales, como ATA o Fedepesca, se han felicitado por la que consideran una buena noticia para los pequeños empresarios, que podrán mantener este sistema de tributación objetivo, y una victoria de la «presión» realizada para convencer al Ejecutivo de la necesidad de no rebajar los límites.
La organización de transportistas ha expresado su satisfacción por la introducción de esta enmienda, pues al ampliarse los límites establecidos en la última reforma fiscal, más de 100.000 transportistas autónomos, “no sólo se mantendrán en el sistema de módulos, sino que se mantendrán en la actividad" al no tener que afrontar los 15.000 euros de media que les hubiese supuesto cambiar de sistema de tributación.

 

“Modificaciones sustanciales en el régimen de estimación objetiva (módulos) de aplicación a partir del 1 de enero de 2016”.
O “Afectación a un elevado número de sujetos pasivos por disminución de los límites de aplicación y reducción de epígrafes de actividades que dan derecho a su inclusión”.
O “Comprueba si puedes ser excluido del sistema de módulos en 2016”
Son noticias que no pueden darse sin alarmar a nadie, e internet, corre por ser el primero y ahí queda; hasta que las noticias, buenas o malas, no tengan fecha real de aplicación, mejor no publicarlas, luego pasa que quedan desmentidas pero de internet nadie las borra, y el malentendido persiste.
Ello, es lo que a muchos os ha llevado al equívoco y espero habéroslo aclarado en este artículo.
Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors