Renta 2015:
Wallapop, Ebay, Vibbo, Mil anuncios, Uber, y otras apps por las que Hacienda te puede preguntar
La red ha destapado toda una economía domestica cerrada hasta hace unos pocos años.
Desde apps para la venta de objetos de segunda mano hasta la posibilidad de alquilar tu casa a otras personas por vacaciones o hacer de taxista con Uber.
Nuevas formas de ganar dinero... y también de tener que pagar impuestos
“En esta vida sólo hay dos cosas seguras, la muerte y pagar impuestos” decía Benjamín Franklin y no le faltaba razón.
Lo que Hacienda te preguntara si has comprado o vendido en Wallapop, Ebay, Vibbo, Mil anuncios, y otras tendrás que demostrar que se trata de un objeto propio, no robado; y que ha habido una transacción y que el precio de venta es inferior al de compra.
La Agencia Tributaria parece haber dicho basta con la manga ancha de la que hasta ahora disfrutaban muchos portales y vendedores particulares en Internet. De cara a próximas fechas va a resolver una serie de inspecciones con las que investiga si 200.000 contribuyentes obtienen un lucro no declarado en los impuestos, como ocurre con las tiendas físicas tradicionales o los portales online que tienen su actividad registrada y cumplen fielmente con sus obligaciones tributarias.
Gracias a la plataforma WebSpider, la Agencia Tributaria puede analizar de manera automática las diferentes webs cruzando datos con miles de dominios online para tratar de descubrir actividades económicas en negro o el tráfico ilegal de los bienes que se ponen a la venta en Internet.y obtener patrones repetidos y detectar el fraude en impuestos como el IVA o la Renta de las personas físicas.
Alguien recogió la noticia y hace unos días recorriéndome las redes sociales había muchos mensajes en los que se advertía de la obligación de pagar impuestos por las ventas que los particulares realizan en Internet a través de aplicaciones como Ebay, Wallapop, Vibbo, Mil anuncios... .
Con la ley en la mano Hacienda puede fiscalizar prácticamente cualquier ingreso que obtengamos y si somos autónomos incluso los favores que hagamos a amigos usando nuestro material profesional. El problema es que rara vez reparamos en esta cuestión y eso puede ser un problema en un mundo tan abierto gracias a internet.
Si has usado Wallapop, Ebay, Vibbo, etc para vender tu viejo ordenador, has alquilado tu cada para veranear o simplemente has creado un blog o un canal de Youtube con un código de adsense, tendrás que pagar impuestos.
Ya no digamos si eres uno de los chóferes de Uber.
Así que aclaremos el tema un poquito y dejémonos de opiniones de barra de bar y aclarar lo que hay de verdad en estas afirmaciones.
Es cierto que los particulares que venden sus objetos a través de estas aplicaciones, pueden tener que pagar impuestos por tales ventas, pero esto no suele ser habitual, ya que para que se genere la obligación de pagar a Hacienda, se ha de producir una ganancia patrimonial con esa venta.
Se produciría una ganancia patrimonial en el caso de que el precio de venta sea superior al precio de compra, es decir, en el caso de que hayamos conseguido vender nuestro bien a un precio superior al que lo compramos.
En el caso, poco probable, de que con la venta se hubiese generado una ganancia patrimonial, los particulares deberíamos tributar por la misma a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que incrementará la Renta del Ahorro.
Hay que matizar que todo esto es aplicable tan sólo para particulares que venden de manera ocasional a través de estas aplicaciones, pero no para aquellos que vendan como actividad profesional.
El comprador obtiene via Wallapop un mueble por 100€ y lo vende a 200€; se vende por un precio superior al de la compra, los beneficios suponen una “alteración patrimonial” y deben declararse y pagar impuestos por esa cantidad.
Debes poder demostrar que eso que estás vendiendo es de tu propiedad y no material robado, y la manera más fácil es guardar los tiques de compra, aunque eso será complicado si se trata de objetos que hace décadas que tienes.
Una factura o incluso un pantallazo del acuerdo cerrado en la aplicación pueden servir de prueba para demostrar a Hacienda que esos ingresos no son fruto de trabajos hechos en B, sobre todo cuando hay varias transacciones con diferentes cantidades.
¿Y el que compra?
En el caso del comprador, todo lo que se adquiere de segunda mano de otro particular está sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, del 4%, que recauda la Generalitat.
Este tributo se aplica a todas las ventas, sea cual sea el importe.
Este impuesto es bien conocido por los que adquieren un coche de segunda mano, ya que la Dirección General de Tráfico no acepta hacer el cambio de nombre hasta que se ha pagado por la transmisión patrimonial.
Esperamos haber dado un poco de luz y quitaros el miedo de seguir utilizando estas aplicaciones.
Ah!!! No te olvides de los juegos on-line, ya explicados en el link:
http://llava-neres.com/noticias/219-la-fiscalidad-en-los-juegos-on-line
Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors
Llav@-neres
Assessoria i Gestió