Seguro obligatorio de patinete según la DGT en 2026: ¿cuándo entra en vigor y qué tipo de seguro contratar?

Tu patinete eléctrico tendrá que tener un seguro obligatorio a partir de enero de 2026. Si no lo tienes contratado, la multa puede alcanzar e incluso superar los 1.000 euros.


Estos son los requisitos que deberá cumplir tu patinete eléctrico para circular por España a partir de 2026.
El 25 de julio de 2025, entró en vigor la Ley de seguros de automóvil, en la que define el término de «vehículo personal ligero»; en ella se aprueba que a partir de enero de 2026 será obligatorio tener un seguro para el patinete eléctrico en España.
De esta manera tienes cuatro meses para buscar y contratar un seguro obligatorio. Durante ese tiempo, podrás seguir circulando con él aunque no tengas ningún seguro contratado ya que hasta enero puedes seguir circulando sin tenerlo y, por tanto, tampoco te multarán por ello.

 

¿Qué dice la Ley sobre el seguro de patinete eléctrico?
No todos los patinetes eléctricos van a tener que llevar un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Sólo los que cumplen con las siguientes características:
• Ser un vehículo a motor.
• Con un (monociclo eléctrico) o más ruedas.
• Estar dotado de una única plaza.
• Que alcance una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg.
• Que alcance una velocidad máxima de entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg.
Con estas características, prácticamente todos los patinetes eléctricos están incluidos. Sin embargo, si tu vehículo de movilidad personal (VMP) no las cumple, no es obligatorio que tenga seguro en caso de accidente, aunque sí recomendable.
Antes de entrar en vigor esta nueva Ley, sólo algunos municipios obligaban a tener el seguro obligatorio de patinetes. Sin embargo, esto va a cambiar en toda España; da igual la localidad por la que circules: será obligatorio tener contratado un seguro de responsabilidad civil (se asemeja al seguro a terceros en un coche) para patinetes, que cumplan con las características antes detalladas.

Requisitos que un patinete eléctrico debe cumplir para contratar un seguro obligatorio
Es importante tener en cuenta que se crea el seguro obligatorio de responsabilidad civil para vehículos personales ligeros que cumplan con los siguientes requisitos:
• Que cuenten con un certificado de circulación.
• Que estén inscritos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
• Que incluyan una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o con una matrícula que permita garantizar una cobertura en el caso de que haya tanto daños materiales como personales.

El objetivo del Gobierno con esta modificación de la Ley en la que se incluyen los patinetes es doble:
1. Impulsar un transporte urbano sostenible.
2. Ofrecer más protección a las víctimas de accidentes provocados por los patinetes eléctricos.
Antes de la aprobación de esta norma, en algunos casos los responsables se declaraban insolventes y no se hacían cargo de los gastos de los daños a terceros.
Con la entrada en vigor de la Ley de Seguros de Automóviles, cuando el responsable de un accidente sea un conductor de un patinete eléctrico y no tenga el seguro contratado, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien indemnice a la víctima y luego lo reclamará al propietario del patinete eléctrico, siempre que hubiese negligencia, dolo o manipulación del vehículo.
Desde la publicación de la Ley de Seguros de Automóviles, una Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración trabaja para establecer la reglamentación específica del seguro obligatorio para los vehículos personales ligeros. De igual forma, el Gobierno deberá tener antes del 2 de enero de 2026 un registro público de los vehículos personales ligeros que hay en España.

Además del seguro obligatorio, tu patinete debe tener un certificado de homologación
Desde el 22 de enero de 2024, según la normativa de patinetes eléctricos, sólo se pueden comercializar patinetes eléctricos que cumplan con los estándares de calidad y seguridad.
Los vendidos antes de esta fecha podrán circular sin un certificado de homologación e identificación hasta el 1 de enero de 2027. El objetivo de la Dirección General de Tráfico (DGT), es que ese año todos los patinetes eléctricos que circulen, cumplan con todas las características técnicas y así alcanzar una mejora notable de la seguridad vial.
Más allá de las características técnicas que deben cumplir los patinetes eléctricos, desde el 12 de enero de 2022 tienen la consideración jurídica de vehículo, así que no se puede circular con ellos habiendo bebido alcohol o teniendo los auriculares puestos, entre otras normas. En caso de no cumplirlas, te podrían poner una de estas multas al ir de forma indebida en patinete eléctrico.

Preguntas frecuentes sobre el seguro obligatorio en los patinetes
A continuación respondemos a algunas preguntas sobre el seguro obligatorio en los patinetes:

¿Cuánto cuesta el seguro para un patinete eléctrico?
Un seguro de patinete eléctrico puede oscilar entre los 20 y 100 euros al año aproximadamente, según los servicios que contrates.

¿Qué pasa si sufres un accidente con el patinete eléctrico y no tienes seguro?
Si alguna persona sufre un accidente en el que está envuelto un patinete eléctrico (los de tipo A y B son los más comunes que se ven por la calle) pueden suceder varios escenarios:
1. Si otro conductor de un vehículo a motor ha provocado el accidente, al tener como mínimo un seguro de responsabilidad civil te cubrirá los daños físicos y materiales en el caso de que fueses en el patinete eléctrico (recuerda que en estos dispositivos sólo puede ir una persona).
2. Si yendo en patinete eléctrico tú has provocado el accidente hasta enero de 2026 no es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil, pero igualmente, tendrás que responsabilizarte tanto de los daños físicos como materiales llegando a un acuerdo con las personas involucradas. Si te niegas a cubrir estos daños y no hay un acuerdo amistoso, las víctimas podrían iniciar un proceso judicial.
3. Si otra persona va en patinete eléctrico y choca contra ti, tendrá que hacerse cargo de los daños, como ocurre en el caso anterior. A partir de enero de 2026 será el seguro quien te cubra tanto los daños materiales como los personales.
4. En la Ley de Seguros de Automóviles, también se contempla la sanción por no tener contratado el seguro de responsabilidad civil para tu patinete eléctrico. Está proporcionalmente reducida a un tercio de la multa por circular sin seguro con un coche, es decir, si tienes un accidente y no tienes un seguro de responsabilidad civil contratado, la sanción económica podría variar entre 200 euros y 1.000 euros, según la gravedad del caso.

Ahora que el seguro será obligatorio para patinetes eléctricos, ¿se sigue necesitando una homologación?
La normativa de los patinetes eléctricos se ha actualizado para que estos vehículos tengan un mayor control y un registro en los datos de la DGT. Por tanto, desde 2026, será obligatorio tener un seguro para el patinete eléctrico y desde el año 2027 cualquier patinete eléctrico que circule por las vías españolas tendrá que estar homologado y disponer de un certificado de circulación.

¿Qué normas de circulación hay que cumplir con el patinete?
Los patinetes deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada de las calles, nunca por aceras, carreteras, autovías o autopistas. Se deben respetar todas las normas de circulación, semáforos y señalizaciones.

¿Qué elementos de seguridad es obligatorio llevar cuando se conduce un VMP de noche o en condiciones de baja visibilidad?
Es obligatorio el uso del casco en todo momento. Es obligatorio el uso de alumbrado entre la puesta y salida del sol y en condiciones de baja visibilidad. Tanto las luces, como el timbre y reflectantes deben estar homologados.

¿Qué pasa si mi patinete supera los 25 km/h?
Superar los 25 km/h implica perder la condición de patinete, entrar en la categoría de ciclomotor y asumir responsabilidades adicionales (permiso, matrícula, seguro). Además, te expones a multas importantes e incluso pérdida del vehículo si está trucado.

¿Cómo saber si un patinete eléctrico está homologado?
Para verificar si un patinete eléctrico está homologado, debes comprobar que cuenta con el certificado correspondiente emitido por las autoridades de tráfico. Además, la información de homologación suele estar indicada en las especificaciones del fabricante.

¿Qué pasa si mi patinete no está homologado?
En el caso de aquellos patinetes que hayan quedado fuera de la homologación la situación no debería preocuparte hasta 2027. Pero a partir del 22 de enero de 2027 dejarás de poder utilizarlo.

¿Cuáles son las normas de circulación para los patinetes eléctricos?
Los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h. Si este tipo de carril está en una acera o un parque, la velocidad máxima se limitará a 10 km/h. Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h.

Conoces las implicaciones de la nueva normativa
El Gobierno español ha aprobado la Ley 5/2025, de 24 de julio, que adapta la legislación nacional a la Directiva (UE) 2021/2118 en materia de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Se publicó en el BOE el 25 de julio de 2025 y entró en vigor el 26 de julio de 2025. A partir de entonces, se empezarán a aplicar todos los nuevos requisitos de esta legislación. ¡Vamos a conocer los más importantes!

➡️ Nueva definición de “vehículo a motor”
La normativa amplía la definición de vehículo a motor para incluir a los vehículos personales ligeros (VPL) como los patinetes eléctricos, segways y hoverboards.
Se considerarán incluidos:
- Vehículos que alcancen 6–25 km/h si pesan menos de 25 kg.
- Vehículos de 6–14 km/h si superan los 25 kg.
También se amplía el concepto de hecho de la circulación: ahora incluye cualquier uso del vehículo conforme a su función habitual de transporte, tanto en movimiento como parado, y en cualquier terreno.
➡️ Seguro obligatorio de responsabilidad civil
Todos los VPL, es decir, los patinetes eléctricos, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra:
• Hasta 6.450.000 € por daños personales a terceros.
• Hasta 1.300.000 € por daños materiales.
• ⚠️ No cubre al conductor, solo a los terceros afectados.

¿Qué pasa desde el 25 de julio hasta el 1 de enero de 2026?
Se otorga un plazo de seis meses para contratar el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Hasta entonces, si los conductores de estos vehículos ligeros tienen un siniestro accidente será el Consorcio de Compensación de Seguros quién cubrirá las indemnizaciones, aunque es posible que el consorcio luego reclame el pago al conductor responsable.
Pero atención, a partir del 2 de enero de 2026 será obligatorio contar con este seguro

➡️ Indemnizaciones mejoradas para las víctimas
La nueva Ley también mejora las compensaciones a víctimas de accidentes:
• Actualización de importes conforme al IPC.
• Ampliación de los supuestos indemnizables.
• Peritajes gratuitos y asistencia psicológica a familiares en casos especialmente graves.
• Refuerzo de la vía extrajudicial para agilizar pagos.

➡️ Registro obligatorio antes de 2026
El Gobierno creará un registro público de vehículos personales ligeros, gestionado por la DGT.
Todos los patinetes deberán registrarse antes del 2 de enero de 2026. Aunque no se exigirá una matrícula visible, sí habrá una identificación oficial vinculada al propietario.
Reglas básicas para circular
Más allá de la edad, existen reglas claras que todos los usuarios deben cumplir:

Prohibido
• Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas
• Llevar a más de una persona en el patinete
• Usar auriculares o el móvil mientras conduces
• Circular por la acera
• Ir por vías interurbanas, autopistas o autovías
• Superar los 25 km/h

Obligatorio y recomendable
• Circular en un patinete certificado por la DGT
• Usar casco (obligatorio si eres menor de 18 años)
• Respetar las vías permitidas: carriles bici, zonas urbanas y calles tranquilas
• Hacerte visible con luces o elementos reflectantes
• Contratar un seguro: desde el 2 de enero de 2026 será obligatorio en toda España.
• Aparcar en zonas habilitadas, sin obstaculizar
• Respetar al resto de usuarios de la vía

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