Bonificación a la contratación jóvenes o mayores 45 años

¿Cómo puede la empresa beneficiarse de estas bonificaciones en el pago de la Seguridad Social?
¿Qué requisitos debe cumplir el contrato de la empresa?
¿Y el trabajador contratado?
El Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de 2013 de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo incluyó una importante serie de nuevas bonificaciones a la contratación de trabajadores que se enmarcan en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.
Se trata de una serie de medidas que ofrecen un interesante abanico de posibilidades a la hora de contratar jóvenes (o mayores de 45 años) que puede ser muy atractivo para muchos autónomos y pymes. Se trata de bonificaciones de carácter temporal que se mantendrán hasta que la tasa de paro baje del 15%. Esperemos que sea pronto, pero han pasado tres años desde su aprobación y seguimos lejos del 15%.
• Bonificaciones del 100% a la Seguridad Social para autónomos o microempresas que contraten a jóvenes de forma indefinida a tiempo parcial o jornada completa.
• Bonificaciones del 100% de las cuotas a la Seguridad Social para los jóvenes autónomos que contraten a un desempleado mayor de 45 años.
• Bonificaciones del 100% de las cuotas a la Seguridad Social para empresas o autónomos por contratar a jóvenes a tiempo parcial con vinculación formativa.
• Bonificaciones durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social para empresas o autónomos que contraten temporalmente a jóvenes sin experiencia laboral y los transformen en indefinidos a los pocos meses.
• Bonificaciones del 50% de las cuotas a la Seguridad Social para empresas o autónomos que contraten en prácticas a jóvenes sin experiencia laboral.
• Bonificación durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social para cooperativas o sociedades laborales que incorporen a jóvenes como socios trabajadores o de trabajo en el Régimen General de la Seguridad Social.
Además, entre las propuestas recogidas en la batería de "Medidas Urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia" presentada y aprobada en Congreso de Ministros en Julio de 2014, entró en vigor una nueva bonificación a las cuotas de la Seguridad Social que las empresas pagan por sus trabajadores: la "Tarifa Joven" de 300 euros al mes.

Contratación indefinida de jóvenes por parte de autónomos y pymes
Los autónomos, microempresas y pymes podrán contratar a jóvenes en condiciones ventajosas, al obtener una bonificación del 100% de las cuotas de la seguridad social por contingencias comunes, durante un año, por la contratación indefinida de jóvenes desempleados menores de 30 años.
Requisitos para la empresa: Autónomos y empresas con hasta nueve trabajadores que no hayan realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores en puestos de trabajo similares. Se establece un máximo de un contrato de este tipo por autónomo o empresa y un compromiso de permanencia del trabajador de al menos 18 meses y de mantenimiento de empleo de al menos un año, salvo despido procedente.
Requisitos para el trabajador: Encontrarse en situación de desempleo, inscrito en la oficina de Empleo y no haber estado contratado anteriormente por la empresa.
Excepciones: Esta bonificación no será de aplicación en los contratos indefinidos de apoyo a emprendedores, contratos indefinidos de fijos discontinuos, contratados indefinidos para personas con discapacidad ni los acogidos al Programa de Fomento del Empleo.

Contratación de mayores de 45 años por parte de autónomos jóvenes
Los autónomos menores de 30 años dispondrán de incentivos para contratar a personas con experiencia en su negocio, al obtener una bonificación del 100% de las cuotas de la seguridad social por contingencias comunes, durante un año, por la contratación indefinida de desempleados de larga duración mayores de 45 años.
Requisitos para el autónomo: Ser menor de 30 años y no tener trabajadores contratados anteriormente. Con un compromiso de permanencia de 18 meses.
Requisitos para el trabajador: Parado de larga duración (12 meses) con 45 o más años o beneficiario del Plan Prepara (recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo). Esta bonificación no es acumulable con otras bonificaciones o reducciones de las cuotas de la Seguridad Social.

Contratación a tiempo parcial de jóvenes con vinculación formativa
Las empresas podrán contratar a jóvenes sin experiencia laboral en condiciones ventajosas, al obtener una bonificación del 100% de las cuotas de la seguridad social por contingencias comunes, durante un año, en empresas con menos de 250 trabajadores en plantilla o del 75% en caso contrario.
Este incentivo podrá ser prorrogado durante un año siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación.
Características del contrato: Puede ser indefinido o de duración determinada, con una jornada máxima del 50%.
Requisitos para la empresa: Mantenimiento del nivel de empleo durante el periodo estipulado en el contrato con un máximo de doce meses y no haber realizado despidos improcedentesenlosseismesesanterioresenpuestosdetrabajosimilares.
Requisitos para el trabajador: Se establecen tres posibilidades: experiencia laboral previa inferior a tres meses, proceder de otro sector de actividad o llevar desempleado doce meses.
Formación a realizar: Los trabajadores deberán compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla realizado en los seis meses previos a la contratación. Esa formación podrá ser o bien promovida por los servicios públicos de empleo o bien formación en idiomas y tecnologías de la información y comunicación con un mínimo de 90 horas.

Contrato Primer empleo joven, el contrato temporal para jóvenes
Las empresas podrán contratar a jóvenes sin experiencia laboral en condiciones ventajosas, con un contrato temporal especial de tres a seis meses que se justifica en la falta de experiencia del trabajador y adicionalmente, en caso de transformarlo en indefinido, una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500 euros durante tres años que se incrementa hasta los 700 euros para mujeres.
Características del contrato: Mínimo de tres meses y máximo de seis, al menos a un 75% de la jornada a tiempo completo.
Requisitos para la empresa: mantenimiento del nivel de empleo durante un mínimo de doce meses a contar a raíz de la transformación en indefinido.
Requisitos para el trabajador: jóvenes menores de 30 años, desempleados, con una experiencia laboral inferior a tres meses

Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo
Se amplían las posibilidades en las que puede celebrarse un contrato en prácticas y se incentivan mediante una bonificación del 50% de la cuota por contingencias comunes durante toda la vigencia del contrato cuando se celebren con menores de 30 años.
Entre las opciones admitidas para los contratos en prácticas están:
Jóvenes menores de 30 años que hayan terminado sus estudios hace más de cinco años.
Transformación de becas y prácticas no laborales.
Posibilidad de celebrar un contrato en prácticas tras un contrato para la formación anterior en la misma empresa que haya dado lugar a la obtención de un certificado de profesionalidad.

Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social
Las cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción tendrán interesantes bonificaciones para incorporar como socios trabajadores a jóvenes desempleados menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados. Para ello deberán optar por cotizar en el régimen general de la Seguridad Social en el caso de las cooperativas.
La bonificación será de 800 euros al año durante tres años en el caso de las cooperativas y sociedades laborales y de 1.650 euros al año en el caso de las empresas de inserción que incorporen a jóvenes en situación de exclusión social.

Contratos Indefinidos de trabajadores procedentes de una ETT
Desde la aprobación del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores están vigentes las siguientes bonificaciones para la contratación de jóvenes provenientes de empresas de trabajo temporal (ETT).
Bonificaciones a contratos indefinidos de trabajadores procedentes de una ETT con contrato de primer empleo joven: Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con contrato eventual, “primer empleo joven” y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido.

"Tarifa Joven" de 300 euros en bonificaciones a la seguridad social
Con la aprobación en Julio de 2014 de la batería de "Medidas Urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia", entró en vigor una nueva bonificación a las cuotas de la Seguridad Social que las empresas pagan por sus trabajadores para incentivar la contratación indefinida de jóvenes desempleados menores de 25 años. Ésta ayuda podrá ser de aplicación a empresas y autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
• Que las contrataciones efectuadas sean indefinidas (se incluye la modalidad fija discontinua)
• Los contratados deberán ser personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
• Con edades comprendidas entre los 16 y los 25 años.
• En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, deberán ser mayores de 16 años y menores de 30.
• La empresa deberá mantener la contratación durante, al menos, seis meses, y aumentar el nivel de empleo tanto indefinido como total de la empresa. En caso de incumplimiento, deberá reintegrar la bonificación disfrutada.
• Las bonificaciones sólo podrán aplicarse una vez por cada uno de los beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que contraten.
• Las empresas y autónomos deberán estar al tanto en el pago de sus obligaciones Tributarias.
La cuantía y duración de las bonificaciones será de:
• Contratos a tiempo completo: 300 euros al mes durante 6 meses desde la celebración del contrato
• Contratos a tiempo parcial: 225 euros al mes durante 6 meses cuando la jornada de trabajo sea equivalente a un 75 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable y 150 euros al mes durante seis meses cuando la jornada de trabajo sea equivalente a un 50 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable, 150 euros mensuales.

El Servicio Público de Empleo (SEPE) publica el cuadro-resumen de bonificaciones y reducciones que están actualmente vigentes para incentivar la contratación de trabajadores por parte de las empresas y autónomos.

https://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_empleo/bonificaciones_reducciones.pdf

Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors
Llav@-neres
Assessoria i Gestió