Aunque pueda parecer poco romántico, el matrimonio supone un nuevo contrato económico legal con consecuencias judiciales.
Se entiende por régimen económico matrimonial el conjunto de normas legales que delimitan los intereses, derechos y obligaciones monetarios de los cónyuges. Este régimen económico se puede pactar o después de la boda en un contrato conocido como “capitulaciones matrimoniales”, que se inscribe en el Registro Civil junto con la notificación del matrimonio.
Se puede modificar en cualquier momento durante el matrimonio de común acuerdo por ambos cónyuges.
Si estas pensando en casarte y quieres elegir para tu matrimonio un régimen económico diferente al que rige en tu Comunidad -o si ya estas casado o casada y quieres cambiarlo- puedes cambiar tus capitulaciones matrimoniales.

Leer más: Cambiar el régimen económico del matrimonio no tiene efecto retroactivo respecto a terceros, por...

El pasado 20 de octubre, la Agencia Tributaria anuncio en un comunicado una nueva estrategia de modernización para la gestión del Impuesto de Valor Añadido (IVA). El llamado Suministro Inmediato de Información (SII) permitirá que Hacienda conozca en tiempo real las transacciones comerciales que practiquen los adscritos al sistema. Como consecuencia, se agilizarán las devoluciones y las comprobaciones se realizarán de una forma más rápida y efectiva.
El proyecto de Real Decreto establece la obligación de remitir electrónicamente a la Agencia Tributaria el detalle de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de 4 días hábiles, incluidas las facturas simplificadas (tiques).
(Deberán mejorar y mucho las oficinas de Correos en el Maresme)

Leer más: Hacienda prepara un sistema electrónico de gestión del IVA

La definición de la SEPA, acrónimo que nace de las palabras “Single Euro Payment Area” (en castellano “Zona Única de Pagos en Euros”) viene siendo la zona, dentro de Europa, en la que los ciudadanos, las empresas y otros agentes económicos pueden hacer y recibir pagos en euros, con igualdad de condiciones, derechos y obligaciones, todo ello con independencia de su ubicación y de que esos pagos hayan requerido o no procesos transfronterizos, es decir, entre distintos países.

Leer más: ¿Te has adaptado a la normativa SEPA?

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