Hostelería, textil y cosmética, entre los afectados. Ley plástico.

A partir del próximo 1 de enero de 2023 entrará en vigor un nuevo impuesto cuyo tipo impositivo es de 0,45 euros que gravará todos aquellos envases de plástico no reutilizables.


La finalidad es fomentar la prevención de la generación de residuos de envases no reutilizables e impulsar el reciclaje de los residuos de plástico, contribuyendo a la economía circular de este material.
Un nuevo impuesto para enero encarecerá muchos productos.
De acuerdo con la normativa, se considerará envase todo producto destinado a prestar la función de contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías.
En consecuencia, este impuesto afectará directamente a:
• Los envases no reutilizables (bolsas, film retráctil, bandejas, cajas...)
• Semielaborados de plástico destinados a la obtención de plástico y productos que contengan plástico destinado al cierre
• Comercialización o presentación de envases no reutilizables
El Gobierno prevé una recaudación de unos 500 millones de euros, con la tasa a envases de plástico no reutilizables, recogida en la Ley 7/2022 de 8 de abril.
Se trata de un impuesto de gran repercusión, ya que afectará no sólo a las empresas de fabricación o distribución de envases, sino a cualquier importador o adquirente intracomunitario de envases plásticos (con o sin contenido).
La base imponible de este impuesto estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos, contenida en los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto.
El tipo impositivo aprobado en España es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado.
Tal y como informa la Agencia Tributaria en su página web, se trata de un impuesto indirecto recogido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, que recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si contienen mercancía en él.
La finalidad del impuesto es el fomento de la prevención de la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables, así como del reciclado de los residuos plásticos.
De este modo todas aquellas cajas, envases, cintas de embalaje y films, así como cualquier tipo material de retractilado que contengan plástico no reutilizable, se verá afectado por este tributo.
También se aplicará dicha tasa para aquellos productos de plástico semielaborados destinados a la obtención de los envases, y también a aquellos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.

 


Para todo el Estado
Aplicable en todo el territorio nacional, en el punto segundo del artículo 69 se recoge que su aplicación “se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra”.
La fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto estará sujeta al impuesto.
La falta de inscripción en el Registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, de nombramiento de un representante por los contribuyentes no establecidos en dicho territorio, e incluso la falsa o incorrecta certificación por la entidad debidamente acreditada, de la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, son algunos motivos que constituyen infracción según el artículo 83.
También recoge la Ley el impuesto al depósito en vertedero e incineración, aplicable en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes forales en vigor en País Vasco y Navarra, que podría oscilar entre 1,5 euros y 40 euros por cada tonelada métrica.
Asimismo, queda prohibida con esta ley la venta y distribución de, entre otros, vasos, cubiertos de plástico o bastoncillos.
El objetivo de esta nueva ley pasa por una disminución de los residuos generados hace una década. En esta ocasión, el porcentaje establecido es del 15% respecto a los generados en 2010, mientras que se espera una disminución del peso de los residuos producidos del 13% en 2025.

Hostelería, textil y cosmética, entre los afectados
Diferentes sectores de consumo se ven afectados por esta nueva tasa.
Entre ellos, algunos como la alimentación, bebidas, perfumería y cosmética, droguería, hostelería, textil, ferretería, bricolaje y bienes tecnológicos de consumo.
Según la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), España es el único país europeo que contempla la entrada en vigor de un impuesto de este tipo a partir del próximo 1 de enero.

¿A qué envases afecta la medida?
La medida afectará a todo tipo de plásticos de un sólo uso, en la medida en que estén diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías. Aquellas cajas, envases, cintas de embalaje y films, así como cualquier tipo material de retractilado que contengan plástico no reutilizable, se verán afectados por este tributo.
También se aplicará a aquellos productos de plástico semielaborados destinados a la obtención de los envases, y también a aquellos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.
Estarán exentos del impuesto al plástico los envases de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.
La Ley contempla las definiciones pertinentes y determina que la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos sujetos al impuesto deberá ser certificada mediante una entidad acreditada para emitir certificación al amparo de la norma UNE-EN 15343:2008 o las normas que las sustituyan.
En el supuesto de plástico reciclado químicamente, dicha cantidad se acreditará mediante el certificado emitido por la correspondiente entidad acreditada o habilitada a tales efectos.
Todos estos sectores han alegado que el Ejecutivo “cuenta con una recaudación extra por vía impositiva que supera los 32.000 millones de euros”.
La propia FIAB ha destacado en su comunicado que la entrada en vigor del impuesto “incrementa los sobrecostes para las empresas españolas y, por tanto, le resta competitividad frente a sus vecinos europeos”.
Para ampliar la información, todas las empresas que hayan iniciado su actividad con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del impuesto, el 1 de enero de 2023, deberan solicitar la inscripción en el Registro Territorial del Impuesto Especial sobre Envases de Plástico No Reutilizables.
Se llevará a cabo dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor de la Orden Ministerial reguladora del citado registro, aun en tramitación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrán solicitar su inscripción desde el 1 de diciembre de 2022. Dicha inscripción, en su caso, tendrá efectos desde el 1 de enero de 2023.

Inscripción
Si está obligado a inscribirse en el registro territorial del Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables deberá solicitar su inscripción con carácter previo al inicio de su actividad.
En caso de haber iniciado su actividad con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del impuesto, el 1 de enero de 2023, deberá solicitar su inscripción dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor de la Orden Ministerial reguladora del citado registro, aun en tramitación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá solicitar su inscripción desde el 1 de diciembre de 2022. Dicha inscripción, en su caso, tendrá efectos desde el 1 de enero de 2023.
Mediante Orden Ministerial, pendiente de aprobación, se regulará el censo de obligados tributarios en el que deben inscribirse los contribuyentes, el procedimiento de inscripción y, en caso de haberlas, las excepciones a esta obligación.
En caso de falta de inscripción estando obligado comete una infracción tributaria específica grave que se sanciona con una multa pecuniaria fija de 1.000 euros.
Al no ser necesaria la inscripción para importadores no hay obligación de declarar ningún código a estos efectos.

¿Qué es el impuesto sobre los envases de plástico de la UE?
El impuesto de envases de plástico de la UE se publicó en 2020 y abarca a todos los Estados miembro de la Unión Europea.
En esencia, por cada kilogramo de residuos de plástico que no se reciclen al final de su vida útil, los Estados miembro deben contribuir con 0,80 euros (800 euros por tonelada).
Con esta contribución, se espera recaudar entre 6.000 y 8.000 millones de euros que irían destinados al plan de recuperación NextGenerationEU. Cada Estado miembro debe cubrir estos costes a través del presupuesto nacional o delegarlos a la industria, como por ejemplo a través de:
• Aplicación de un nuevo «impuesto sobre los plásticos» a los plásticos no reciclados
• Integración con la política o los impuestos existentes
• Un sistema de tasas adicionales que se sumaría a las medidas existentes (como la imposición del CO2, la responsabilidad ampliada del productor (RAP), el sistema de depósito, devolución y retorno y otras tasas/impuestos relacionados con los envases)
Otras medidas fiscales como la reducción de las subvenciones o las exenciones de impuestos y tasas utilizadas en ese país
Como algunos países ya tienen tasas e impuestos, estos podrían desviarse para pagar la tasa.
Esto podría tener un efecto negativo, ya que podría desviar dinero de la industria de recogida, reciclaje y recuperación de plásticos.
Además de los envases alimentarios, el impuesto se aplica también a los envases textiles, de fertilizantes y productos agrícolas, de la construcción y de productos cosméticos y farmacéuticos.
El cálculo de la tasa usará los datos de las empresas que utilizan envases de plástico y comercian con ellos en Europa, y si los Estados deciden aplicar un impuesto, también tendrá un coste directo para estas empresas.
La base empleada para la atribución de las tasas nacionales está relacionada principalmente con el uso de envases domésticos, porque se dispone de muy pocos datos fiables sobre los envases de otras industrias de la UE.
Esto significa que la aplicación de impuestos sobre las empresas no está del todo relacionada con los datos que se usa para el cálculo de la tasa.
En estos momentos, España, a través de la Ley 7/2022, e Italia, a través de un proyecto de legislación nacional, son los dos únicos Estados miembro de la UE que han desarrollado legislación nacional sobre este “impuesto sobre los envases de plástico”. Actualmente, se desconoce cuándo otros Estados miembro podrían adoptar una legislación similar, por lo que es importante estar atento a los cambios.

¿Por qué ha adoptado la UE el impuesto sobre los envases de plástico?
En 2020, la UE dio a conocer un plan de recuperación que pretende ayudar a Europa a «reconstruirse» tras la pandemia de la Covid-19, con medidas para luchar contra el cambio climático y apoyar la economía circular.
El impuesto sobre los envases de plástico forma parte de estas medidas y nace con el objetivo de reducir los residuos de este tipo.
Los ingresos generados por el impuesto se destinarán al fondo de recuperación de Covid-19 de la UE, que apoyará a las empresas más afectadas de toda Europa por la pandemia de coronavirus.
Se espera que el plan recaude 750.000 millones de euros, de los cuales unos 8.000 millones procederán del impuesto sobre los envases de plástico.

¿Cómo encaja este impuesto con las políticas existentes?
Aunque la tasa puede parecer otro «impuesto sobre el plástico», difiere de los impuestos de envasado relacionados con la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) establecidos en virtud de la Directiva sobre envases y residuos de envases.
La RAP (Responsabilidad Ampliada del Productor) aumenta directamente la infraestructura de reciclaje e influye en el uso de material reciclado o en el diseño y uso de materiales para su reciclado. En cambio, el impuesto que plantea la UE, si no se aplica de forma correcta, tiene muy poco impacto en el mercado de materiales secundarios.

¿Cómo están reaccionando hasta ahora otros estados miembro de la UE y Reino Unido?
Por el momento, algunos mercados han optado por cubrir los costes del Impuesto de Envasado de la UE a través de sus presupuestos nacionales, entre ellos Francia, Alemania, Irlanda, Luxemburgo y Eslovaquia, mientras planean que las futuras tasas sean pagadas total o parcialmente por el sector privado.
Estos países han anunciado planes de aplicación más detallados:
Italia tiene previsto aplicar una legislación similar en la que los envases de plástico de un solo uso tienen una tasa de impuesto de 0,45 euros/kg y lo pagan los fabricantes, vendedores, compradores o importadores.
La aplicación de este impuesto sobre los plásticos se retrasa actualmente hasta 2023. Asimismo, es necesario definir la lista de artículos de un solo uso y/o los criterios para los plásticos reciclados antes de que pueda aplicarse con éxito.

Bélgica está estudiando la posibilidad de integrar el impuesto sobre el plástico en las tasas existentes de la RAP (Responsabilidad Ampliada del Productor), lo que podría ser una solución preferible para los países más pequeños.
En estos casos resultaría demasiado costoso establecer una tasa o un sistema impositivo independiente si tenemos en cuenta sus ingresos anuales.

Alemania podría ser el siguiente país en avanzar en la financiación de la tasa por parte de los productores, a medida que se acuerden nuevas políticas entre la nueva dirección federal conjunta.

Reino Unido, a diferencia del impuesto de la UE, ha desarrollado un impuesto a los plásticos que penaliza el uso de envases de plástico con menos del 30% de contenido reciclado a partir de abril de 2022.
El impuesto al plástico se cobrará £ 200 por tonelada (a partir del 1 de abril de 2022) solo en los envases que contengan menos del 30% de contenido reciclado (aunque se declarará todo el plástico, solo se cobrará una parte).

¿Qué deben hacer ahora las empresas?
El sector de la fabricación de plásticos, los fabricantes de productos y los importadores tendrán que estudiar detenidamente cómo se ven afectados sus productos y cuantificar el impacto del impuesto.
Es crucial seguir el progreso de la legislación, ya que el espacio sigue desarrollándose y cambiando, especialmente para aquellas empresas que fabrican, venden o importan productos envasados en plástico en varios países.
Si se aplican impuestos sobre el plástico, podrían tener un impacto significativo en la cadena de suministro, por lo que es crucial mitigar los costes, ya sea mediante el aumento del reciclaje y la recogida, el uso de plásticos reciclados o materiales no plásticos, o el replanteamiento de los envases en términos de circularidad y reutilización.
Es importante que las empresas que producen o suministran productos envasados en los mercados que están aplicando estos impuestos comprendan estas nuevas normativas en los distintos estados miembro de la UE y Reino Unido, y claro está, sus posibles variaciones.
Al evaluar que mercados se ven afectados, las empresas pueden empezar a presupuestar los posibles costes adicionales y revisar las formas de reducir los pagos, y también les permite mejorar la circularidad de sus productos y envases.
Para cumplir con las diferentes aplicaciones del impuesto en los estados miembro de la UE, las empresas necesitan una propuesta gestionada por una coordinación interna entre los equipos de finanzas, cumplimiento de producto, y los equipos encargados de los informes ambientales que puedan proveer de datos precisos.
Las empresas deben comprender primero su responsabilidad desde la perspectiva de la oferta y los costes, antes de intentar interpretar las leyes nacionales o las escasas orientaciones que se han publicado hasta ahora.
Aunque la mayoría de las empresas dispondrán de algún sistema para calcular el volumen de plástico manipulado, no está claro si estos sistemas serán transferibles entre distintos países.
Se espera que haya pruebas adicionales, una mayor comprensión de las fuentes de datos sobre envases y la interrogación de las metodologías para alinear las normas de información financiera y la de los sistemas actuales de cumplimiento de la Directiva sobre envases y residuos de envases.
A medida que los Estados miembros de la UE continúan desarrollando y actualizando sus planes para la aplicación del impuesto de envasado de la UE, las empresas deben mantenerse al día con el cambiante y complejo panorama que se desarrolla para garantizar su cumplimiento.

¿Cuáles son las posibles repercusiones de la próxima regulación?
En esta fase de la implementación, no está claro si el impuesto sobre los envases financiado por el Estado puede dar lugar a cambios a gran escala hacia una economía circular, ni tampoco está muy claro cómo afectará a las empresas de toda la cadena de suministro de plásticos.
En última instancia, la tasa sobre el plástico y los impuestos asociados pretenden reducir la cantidad de residuos generados, aumentar la cantidad que se puede reciclar y mejorar la infraestructura de reciclaje.
Sin embargo, la diversidad de enfoques en la aplicación de la tasa en toda Europa puede hacer que no tenga el impacto deseado en el mercado secundario de plásticos y en la infraestructura de reciclaje.
La falta de armonización afectará a los plásticos que se consideran reciclables, al nivel de agregación y comercio de productos plásticos clasificados en toda Europa y a la aceptación de los residuos plásticos en las plantas de reciclaje para fabricar productos de alto valor.
Los impuestos que se centran en los plásticos de un solo uso, puede que se apliquen a materiales que ya están regulados por la Directiva de la UE sobre plásticos de un solo uso. Por lo tanto, los impuestos pueden no tener impacto, ya que se solapan con las prohibiciones ya exigidas.
Además, en el marco del impuesto sobre los envases de la UE, los pagos se basarán en los plásticos que no se reciclen según los datos medios de Eurostat por Estado miembro, que pueden pagarse a través de la fiscalidad general, lo que limita el impacto potencial sobre el uso y la eliminación real de los plásticos en los países.
Un enfoque centrado en la producción de materiales tiene un alto potencial para impulsar el cambio dentro de los mercados, sin embargo, queda por ver la eficacia de la aplicación de estos impuestos.


“22 anys, amb una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors”

Llav@-neres
Assessoria i Gestió
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