Diferencias entre los derechos de las parejas de hecho y casadas
A la hora de formalizar una relación, el matrimonio sigue siendo la opción preferida para la mayoría de las parejas españolas, aunque cada vez son más las que optan por la unión de hecho.
Según un estudio publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el número de parejas de hecho creció un 4,4% en 2017, frente al 0,9% de parejas casadas.
Pero ¿tienen más o menos derechos las parejas de hecho que las casadas?
¿Qué es una pareja de hecho?
El término pareja de hecho también se conoce como “unión paramatrimonial”, “unión de hecho” o convivencia “more uxorio”.
El Tribunal Supremo define la unión de hecho como la unión libre, pública y estable de dos personas con independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relación de afectividad análoga con el matrimonio, siendo incompatible con cualquier matrimonio de los convivientes.
Dicho de forma sencilla, es la unión de dos personas que conviven sin estar casadas.
Regulación de las parejas de hecho
A diferencia del matrimonio, cuya regulación aparece recogida en el artículo 44 del Código Civil, no existe una ley nacional que regule los derechos de todas las parejas de hecho. Esto quiere decir que cada comunidad autónoma puede establecer su propia regulación.
Cataluña fue la primera comunidad en aprobar una ley específica dirigida a parejas de hecho en el año 1998.
En la actualidad, todas las comunidades autónomas cuentan con una regulación específica que establece diferentes derechos para las parejas de hecho, además de requisitos y obligaciones.
Por ejemplo, para ser pareja de hecho en Madrid es necesario haber convivido juntos durante al menos un año y estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho.
Sin embargo, en Aragón el plazo de convivencia mínimo para inscribirse en el Registro de la Diputación General es de dos años.
Requisitos para ser pareja de hecho
Como acabamos de mencionar, los derechos de las parejas de hecho pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma en la que te inscribas. No obstante, existen ciertos requisitos generales que debes cumplir:
.- La relación debe significar la unión de dos personas independientemente de cuál sea su sexo.
.- Ha de ser pública y notoria y los miembros deberán comportarse frente a terceros como si se tratase de un matrimonio.
.- Ambos miembros deben ser mayores de edad o menores emancipados.
.- No estar casados con otras personas.
.- No estar incapacitados.
.- Que no exista una relación de parentesco directo entre ellos.
Documentos para acreditar la existencia de una pareja de hecho
Para disfrutar de los derechos de una pareja de hecho real, es necesario presentar los siguientes documentos o pruebas:
.- Capitulaciones paramatrimoniales y declaraciones de convivencia efectuadas ante notario.
.- Contratos bancarios, apertura de cuentas corrientes o suscripción de tarjetas de crédito para demostrar la disposición conjunta del patrimonio común.
.- Certificado de empadronamiento y domicilio fiscal para justificar la convivencia de la pareja en la misma vivienda.
.- La cartilla de la Seguridad Social y el nombramiento de uno de los convivientes como beneficiario.
.- El Registro de Uniones de Hecho para acreditar la existencia de una convivencia en pareja desde la fecha de inscripción.
.- El Libro de familia expedido por el Registro Civil en el caso de tener hijos en común.
Diferencias entre los derechos de las parejas de hecho y casadas
Derechos laborales
Los derechos de las parejas de hecho en el ámbito laboral son exactamente los mismos que los de las parejas casadas.
Podrán disfrutar del permiso por enfermedad grave o fallecimiento de la pareja, además del permiso de maternidad y paternidad.
Derechos fiscales
Las parejas casadas pueden hacer la declaración del IRPF en conjunto o por separado, pero las de hecho solo podrán hacerla individualmente.
Sin embargo, tanto los matrimonios como las uniones de hecho podrán acceder a beneficios fiscales como subvenciones, viviendas públicas y exenciones fiscales a nivel autonómico.
Pensión de viudedad
Para poder cobrar la pensión de viudedad, es necesario acreditar que la pareja de hecho está inscrita en el registro desde hace más de dos años.
Si no está inscrita, deberá demostrarse que han convivido juntos durante más de cinco años.
Separación
En caso de ruptura, existen diferencias entre comunidades autónomas sobre los derechos de las parejas de hecho.
En algunas, las consecuencias serán las mismas que para las parejas que hayan estado casadas, pero en otras serán inferiores.
Para las personas casadas, el matrimonio termina cuando después de tres meses se produce el divorcio mediante mutuo acuerdo o por voluntad de uno de los miembros o cuando uno de los cónyuges fallece.
Sin embargo, en las parejas de hecho puede romperse la relación de mutuo acuerdo por decisión de uno de los miembros, por fallecimiento, cuando uno de ellos se case con otra persona o cuando la separación entre ambos sea superior a seis meses.
Repartición de la herencia
En un matrimonio, el cónyuge tendrá derecho a disfrutar de parte de la herencia, aunque el fallecido no haya realizado un testamento en vida.
Sin embargo, las parejas de hecho no tienen derecho a heredar de forma automática, sino que dependerá de la comunidad autónoma donde estén inscritas.
Por ejemplo, en las Islas Baleares y País Vasco, los derechos de las parejas de hecho son los mismos que los de las casadas.
En otras, como Andalucía, el viudo o viuda podrá seguir viviendo en el domicilio común durante un año.
Por este motivo, se recomienda que las parejas de hecho realicen un testamento para asegurarse de que su pareja disfrutará de sus bienes cuando este fallezca.
Como ves, los derechos de las parejas de hecho son diferentes a los de las personas casadas.
Además, la regulación puede variar en función de la Comunidad Autónoma donde quieras inscribirte.
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