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Llav@-neres - Assesoria y Gestio - Planificación familiar y hereditaria

  • ¿Tiene validez legal un mensaje de WhatsApp como prueba en juicio?

    Un mensaje de WhatsApp puede tener validez como prueba judicial

  • ¿Tienes coche de empresa? Hacienda no mira si lo usas, sino si podrías usarlo

    Un coche de empresa es aquel vehículo que es propiedad de una empresa o entidad y se utiliza principalmente con fines profesionales y empresariales.

  • ¿Tienes un establecimiento industrial?

    Prepárate: cambia la normativa contra incendios

  • ¿Tienes un patinete eléctrico? Esto es lo que cambia con la nueva Ley 5/2025

    Los vehículos personales ligeros (VPL), los patinetes eléctricos y son ya un medio de transporte habitual: Rápidos, baratos y perfectos para moverse por la ciudad.

  • ¿Tu asociación recibe ayudas públicas? Los nuevos controles que pueden obligarte a devolver una subvención

    Recibir una subvención pública puede ser un impulso económico fundamental para muchas asociaciones culturales, deportivas, sociales o vecinales.

  • A partir de enero, las bicicletas eléctricas y los patinetes deberán estar asegurados

    La movilidad urbana está evolucionando rápidamente con la incorporación de patinetes y bicicletas eléctricas como medios de transporte cotidianos. Dado el aumento y normalización de su uso, ha surgido la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil que garantice el riesgo creado por el uso y circulación de dichos vehículos.
    En este contexto, se aprobó la Ley 5/2025, de 24 de julio, que introduce nuevas obligaciones en materia de seguro de responsabilidad civil para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Esta nueva normativa, que desarrolla la Directiva (UE) 2021/2118, extiende la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil a los vehículos personales ligeros (VPL), con el fin de garantizar la cobertura de los daños que puedan causarse a terceros durante su uso o circulación.
    Por todo ello, hemos realizado un análisis de esta nueva normativa y aclara todo el marco legal, destacando qué obligaciones exactamente conlleva, así como las posibles sanciones por su incumplimiento.
    Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, de una sola plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Su velocidad máxima, según el diseño, debe estar entre los 6 y 25 km/h.
    Los más conocidos son los patinetes eléctricos, pero también incluyen otros dispositivos como monociclos y tablas auto equilibradas (hoverboards).

    ¿A qué vehículos se amplía el seguro obligatorio?
    A los vehículos personales ligeros (VPL), entendiendo como tales, los vehículos que circulan por suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Los cuales pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h, si su peso es inferior a 25 kg, o una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 14 km por hora, si su peso es superior a 25 kg.
    Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto equilibrado.
    Es decir, que será necesario un seguro para el uso de patinetes y bicicletas eléctricos que reúnan ciertos requisitos.

    ¿Qué cambia en tu seguro?
    La nueva Ley establece unos límites mínimos obligatorios de cobertura para el seguro de responsabilidad civil:
    * Una cuantía de garantía mínima de 6.450.000 € por siniestro, cualquiera que sea el número de víctimas, para daños personales.
    * 1.300.000 € por siniestro para daños materiales.

    Sanciones por su incumplimiento.
    La inobservancia de la obligación de asegurarse conlleva la asunción de la responsabilidad civil frente al tercero perjudicado por el Consorcio de Compensación de Seguros (artículo 11 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor).
    Aunque es de destacar, que el Consorcio, una vez abonada la indemnización correspondiente al perjudicado, podrá repetir contra el patrimonio del conductor y propietario por carecer de seguro en el momento del siniestro.
    Con independencia de esto, también surgen las multas administrativas por la carencia del seguro en cuestión (de 601 € a 3.005 €).
    Si bien las sanciones pecuniarias que sean de aplicación serán un tercio de las establecidas en el artículo 3.1.c) de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

    ¿Cuándo entra en vigor la Ley 5/2025?
    Entró en vigor el 26 de julio de 2025, día siguiente de su publicación en el BOE. Si bien, lo establecido en la Disposición adicional primera (lo relativo a patinetes y bicicletas eléctricos) entrará en vigor el 2 de enero de 2026, salvo que la norma reglamentaria del Consejo de Ministros que la desarrolle entre en vigor antes, en cuyo caso se tomará esta última fecha.

    ¿Qué ocurre si no tengo seguro en mi patinete o bicicleta eléctricos?
    Se deberá “legalizar” primeramente dicho vehículo: certificado de circulación, estar inscritos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y ostentar una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o, en su caso, matrícula.
    Posteriormente, habría que contratar el correspondiente seguro obligatorio.

    ¿Qué ocurre con el seguro de responsabilidad civil del que ya dispongo en mi patinete o bicicleta eléctricos?
    En caso de contar ya con un seguro de responsabilidad civil, habría que cerciorarse si los requisitos exigidos en la Ley concuerdan con nuestros seguros (capitales garantizados mínimos 6.450.000 euros por siniestro, cualquiera que sea el número de víctimas, para daños personales y 1.300.000 euros por siniestro para daños materiales).
    En caso de que no fuera así, no tendrían validez, dado que al no cumplir con las bases, no quedarían registrados en Consorcio de Compensación de Seguros (FIVA) y sería objeto de sanción.
    En caso de que el seguro del que ya disponemos cubra hasta el capital garantizado, no sería el seguro obligatorio requerido. En este caso, será necesario tratar con la aseguradora la posibilidad de acomodar dicho seguro a lo legalmente establecido a la fecha de entrada en vigor de la Ley (02/01/2.026).
    Como conclusión, la nueva redacción de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor dispone de la obligatoriedad de disponer de un seguro obligatorio, que en definitiva garantice la cobertura del daño que se pueda causar con el patín/bicicleta a un tercero, lo cual beneficia, no solo al perjudicado, pues se garantiza el cobro de la indemnización, sino que además, brinda la tranquilidad al responsable de que no se va a ver mermado su patrimonio por un hecho lesivo causado a un tercero, evitando pagos y embargos que puedan perjudicar la economía familiar.

    Normativa y certificaciones en España
    Las regulaciones para los VMP han ido evolucionando para garantizar la seguridad vial y la convivencia con otros usuarios de las vías.
    • Certificado de homologación: Desde enero de 2024, todos los VMP nuevos que se vendan en España deben contar con un certificado de homologación para garantizar que cumplen con los requisitos técnicos. A partir de 2027, será obligatorio que todos los VMP, tanto nuevos como antiguos, dispongan de este certificado para poder circular.
    • Seguro de responsabilidad civil: A partir del 2 de enero de 2026, será obligatorio que todos los VMP cuenten con un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños que puedan causar a terceros.
    • Casco obligatorio: Desde 2025, el uso del casco homologado es obligatorio para todos los usuarios de VMP, incluidos los mayores de edad.
    • Límites de velocidad: La velocidad máxima de un VMP no puede superar los 25 km/h. Si se supera este límite o se modifica el vehículo, se pierde la condición de VMP, lo que puede acarrear multas importantes e incluso la inmovilización.

    Normas de circulación y sanciones
    El incumplimiento de las normativas de la Dirección General de Tráfico (DGT) y de las ordenanzas municipales puede derivar en multas.
    • Circulación: Los VMP tienen prohibido circular por aceras y zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos. Deben usar las calzadas y vías ciclistas, aunque la regulación puede variar según el municipio.
    • Uso de auriculares y teléfono móvil: Está prohibido circular con auriculares o usar el teléfono móvil, y puede sancionarse con multas de 200 euros.
    • Transporte de pasajeros: Los VMP son de uso individual, por lo que está prohibido circular con más de una persona.
    • Otras prohibiciones: No está permitido circular bajo los efectos del alcohol o drogas, ni manipular el VMP para trucarlo y aumentar su velocidad.

    Mantenimiento y seguridad
    Un buen mantenimiento es clave para garantizar la seguridad del VMP y prolongar su vida útil.
    • Mantenimiento periódico: Realiza revisiones regulares para asegurar que todas las piezas estén en buen estado.
    • Estado de los neumáticos: Comprueba la presión y el desgaste de los neumáticos con regularidad.
    • Carga de la batería: Carga la batería antes de que se descargue por completo y evita cargarla por la noche o si está mojada.
    • Limpieza: Limpia el VMP con un paño húmedo, evitando las zonas eléctricas.
    Para obtener información detallada, puedes consultar la sección sobre Vehículos de Movilidad Personal de la DGT.

    “Assessorament personal, en un món digital”

    Llav@neres
    Assessoria i Gestió
    **Llavaneres Assessoria i Gestio no se hace responsable de las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta circular.

  • Accidente de trabajo en la empresa: cómo se debe gestionar

    Cualquier empresa puede enfrentarse a un accidente de trabajo.

  • Aclaraciones a la Ley de Bienestar Animal

    Ley de Bienestar Animal: prohibiciones y obligaciones de los titulares de animales de compañía

  • Apagón eléctrico: ¿Cómo deben solicitar los autónomos y pymes una reclamación por lucro cesante?

    Los comercios, autónomos y pymes son una de las partes de la población más afectadas

  • Aportaciones no dinerarias en sociedades de capital: ¿quién responde y hasta cuándo?

    Las aportaciones no dinerarias en una sociedad limitada son una forma de aportar al capital social de la empresa, pero en lugar de dinero en efectivo, se entregan bienes tangibles o intangibles.

  • Aranceles: qué son, cómo se regulan y cómo afectan a un negocio

    Aranceles. Es la palabra de moda.

  • Así cambian los contratos de trabajo a partir de octubre

    El próximo 5 de octubre de 2026 entra en vigor en España el Real Decreto 723/2026, una normativa que obliga a las empresas a detallar por escrito muchas más condiciones sobre el empleo de las que se exigían hasta ahora.
    Este cambio traspone la Directiva Europea 2019/1152 para garantizar una mayor transparencia y previsibilidad en las relaciones laborales. En la práctica, los elementos mínimos obligatorios que una empresa debe detallar por escrito pasan de 9 a 17.


    ¿Qué conceptos se tendrán que detallar obligatoriamente?
    A partir de la fecha límite, la documentación que se entregue al trabajador deberá desglosar con máxima claridad los siguientes puntos:

    • Salario al detalle: Ya no bastará con poner el salario base. Habrá que desglosar todos los complementos salariales de forma separada, así como explicar el método de cálculo y la periodicidad del devengo.
    • Jornada y horarios: Se debe especificar la duración y distribución de la jornada diaria, semanal y anual. Si hay trabajo nocturno o a turnos, se deben incluir los procedimientos para modificar esos horarios y los acuerdos sobre horas extraordinarias y su retribución.
    • Previsibilidad en jornadas irregulares o fijos-discontinuos: Para las jornadas irregulares se deberán pautar los días de referencia y los preavisos mínimos. Para los fijos-discontinuos, se exigirá una estimación de los periodos de actividad e inactividad si no se conocen con exactitud.
    • Vacaciones: No basta con remitir al convenio; se deberá explicar el procedimiento exacto para determinar cuándo se disfrutan.
    • Periodo de prueba y extinción: Se detallarán las condiciones del periodo de prueba y las obligaciones de ambas partes. Además, se requerirá explicar el procedimiento aplicable para el despido o cese y los plazos de preaviso.
    • Planes de igualdad y protocolos: Se deberá identificar la existencia del plan de igualdad, las políticas de conciliación, los protocolos contra el acoso sexual y las medidas destinadas a la igualdad de las personas LGTBI si la empresa dispone de ellas.
    • Uso de Inteligencia Artificial (IA): Las empresas tendrán que informar si utilizan sistemas algorítmicos o automatizados en la gestión de recursos humanos que intervengan en decisiones que afecten directamente a las condiciones de trabajo.


    ¿Afecta esto solo a los nuevos contratos?
    No.
    Aunque se aplica a todas las nuevas contrataciones con una duración superior a 4 semanas, los trabajadores con contratos vigentes también se benefician de esta norma.

    Cualquier empleado que ya esté en plantilla podrá solicitar a la empresa a partir del 5 de octubre que se le entregue toda esta información ampliada.

    Una vez solicitada, la empresa dispondrá de un plazo máximo de 30 días hábiles para facilitarla.


    Formato de entrega
    La información puede entregarse en papel o en formato electrónico.

    No obstante, si se hace de forma digital, la empresa debe asegurar que el documento sea accesible, almacenable e imprimible, además de guardar un justificante digital que demuestre que el empleado lo ha recibido correctamente.

    Habrá modelos oficiales, pero no conviene esperar para adaptarse

    El Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del SEPE, deberá poner a disposición de empresas y trabajadores un modelo de documento informativo que facilite el cumplimiento de estas obligaciones.

    La norma establece para ello un plazo máximo de 20 días desde su publicación.
    Ahora bien, que esos modelos todavía no estén disponibles no suspende las nuevas obligaciones. Hasta que se publiquen, la empresa deberá facilitar la información utilizando un medio adecuado que permita dejar constancia y garantice su accesibilidad.

    Por tanto, esperar al modelo oficial no debería ser la única estrategia.


    ¿Qué recomendamos revisar antes del 5 de octubre?
    En la práctica, no parece necesario convertir cada contrato en un documento interminable.

    Lo importante es comprobar si, entre el contrato y la documentación complementaria que se entrega al trabajador, queda cubierta toda la información exigida.

    Conviene revisar especialmente los modelos de contratación, las cláusulas sobre salario variable, los sistemas de jornada y turnos, los periodos de prueba, los procedimientos de incorporación, la información sobre políticas internas y el uso de herramientas automatizadas en Recursos Humanos.

    También merece la pena comprobar cómo se acredita actualmente la entrega de esa documentación.

    Mandar un archivo por correo electrónico puede servir, pero la empresa deberá poder conservar constancia de su transmisión o recepción y el documento tendrá que ser accesible, almacenable e imprimible.

    Recomendamos realizar esta comprobación antes de las próximas contrataciones y adaptar la documentación laboral a las nuevas exigencias, evitando tener que resolver las carencias cuando la relación laboral ya haya comenzado.

    “Tenir la informació justa en el moment adequat, inclina la balança del teu costat”
    Llav@neres
    Assessoria i Gestió
    **Llavaneres Assessoria i Gestio no se hace responsable de las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta circular.

  • ASNEF: qué es, cómo funciona y cómo salir de ella

     

  • Cambio de nombre del coche: Transferir un vehículo sin complicaciones

    El cambio de nombre del coche (transferencia de vehículo) es un trámite habitual

  • Cambio de titularidad de empresa: derechos de los trabajadores

    La relación laboral existente entre el empresario y los trabajadores continúan, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales.

  • Cambios en fraccionamientos y aplazamientos de deudas tributarias

    Hacienda endurece los plazos que las empresas tienen para pagar las deudas tributarias aplazadas o fraccionadas.

  • Casas prefabricadas o modulares: ¿es una opción más económica?

    El precio de la vivienda continúa en aumento y cada vez parece más difícil para las generaciones jóvenes la idea de tener una casa o apartamento propio.

  • Cataluña y de ámbito estatal. Ayudas y subvenciones para empresas y pymes

    Para las empresa y pymes a continuación relacionamos una lista de ayudas, subvenciones y financiación tanto en Catalunya como de ámbito estatal que pueden resultar de interés para el impulso de nuevas ideas y la promoción de nuevos proyectos empresariales.

  • Cesión de vehículos por parte del empleador a efectos del IVA

    Vehículos cedidos a empleados sin coste: ¿cómo influye en la deducción del IVA?

  • Chequeo laboral antes del cierre de 2025

    El chequeo laboral antes del cierre de 2025 es fundamental.