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Llav@-neres - Assesoria y Gestio - Fiscal

  • Plataformas como Wallapop ,Vinted o Airbnb tendrán que informar sobre sus ventas a Hacienda

    Si eres de los que compran y, sobre todo, de los que venden en plataformas online como Wallapop o Vinted, Hacienda puede empezar desde ya a seguir tus pasos.
    Plataformas digitales y presentación a Hacienda de información sobre vendedores
    Wallapop, Vinted y Airbnb han sabido hacerse eco en un ambiente en el que cada vez más consumidores se decantan por la reutilización.
    Ya sea porque el incremento de precios ha llevado a los españoles a querer ahorrar comprando productos de segunda mano o por sus principios ecologistas, cada vez son más los que utilizan estas plataformas.
    No sólo para comprar, sino también para vender y sacar un beneficio -aunque sea anecdótico- de los artículos que almacenan en sus trasteros.
    Sea como sea, la mayoría de los ciudadanos de nuestro país ya utilizan estas plataformas como una aplicación más en sus teléfonos.
    Plataformas digitales como Wallapop, Vinted o Airbnb tendrán un plazo específico de dos meses, desde el 6 de febrero hasta el 6 de abril, para presentar la información de sus vendedores, una vez publicada la Orden reguladora del modelo de declaración.
    El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este lunes la orden ministerial con los modelos de declaración para que plataformas digitales como Wallapop, Vinted o Airbnb informen sobre los vendedores que hayan vendido 30 artículos o más o hayan obtenido más de 2.000 euros en ventas serán impactados por esta nueva normativa.
    Wallapop ya ha anunciado que se pondrán en contacto por correo electrónico con los vendedores afectados para facilitar la recopilación de la información necesaria. España, que transpuso esta directiva a finales de 2022, implementará efectivamente estas inspecciones a partir de 2024, permitiendo la fiscalización de plataformas y la colaboración con otros países en inspecciones conjuntas.
    Como norma general, estos datos se tienen que declarar durante el mes de enero siguiente al año natural posterior a aquél en el que el vendedor haya sido identificado como 'vendedor sujeto a comunicación de información'.

    ¿Quién debe comunicar estos datos a Hacienda?
    El Real Decreto publicado en el BOE para implementar la directiva establece que serán los operadores de plataformas registrados en España quienes comuniquen esta información sobre los vendedores que utilizan sus plataformas. Estas deberán informar sobre diversas actividades, como el alquiler de bienes o servicios.
    La recién implementada Directiva Europea DAC 7, en vigor desde el 1 de enero, impone a plataformas digitales como Wallapop y Vinted la obligación de divulgar datos sobre sus vendedores a las autoridades fiscales de la Unión Europea.
    Esta medida aplica a aquellos vendedores que hayan realizado más de 30 transacciones o generado ingresos superiores a 2.000 euros.
    No obstante, la declaración a presentar durante el año 2024 respecto del año natural 2023 tendrá un plazo específico de dos meses desde que entre en vigor este martes la Orden reguladora del modelo de declaración.
    El Real Decreto aprobado por el Gobierno la semana pasada desarrolla las normas y procedimientos relativos a la obligación de información y de diligencia debida relativas a la declaración informativa de los operadores de plataforma digital, trasponiendo la DAC 7 e implementando el Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a ingresos obtenidos a través de esas plataformas en el ámbito de la OCDE.
    Le afectará a aquellos vendedores que, utilizando servicios transaccionales en plataformas como Wallapop o Vinted, hayan vendido 30 artículos o más en un año, con un importe de más de 2.000 euros en las ventas.
    Asimismo, la normativa se aplica no solo a los alquileres a corto plazo, sino también a cualquier forma de arrendamiento, incluidos los alquileres a largo plazo.
    Si, por ejemplo, se obtiene una reserva a largo plazo (28 noches o más) en una plataforma como Airbnb, también estaría sujeta a los requisitos de notificación.
    Hacienda ha establecido mediante Real Decreto los procedimientos que deberán aplicar determinados operadores de plataformas digitales y se detallan las condiciones de las nuevas obligaciones de registro e información de dichos operadores.
    Una vez obtenida la información de los vendedores y antes de su suministro a la Administración Tributaria, se verificará dicha información por los operadores. Seguidamente, una vez obtenida y verificada la información por el operador, éste tiene la obligación de declararlo ante la Administración Tributaria española.

    Amazon, Alibaba o Airbnb deberán informar de las operaciones de los autónomos en sus plataformas
    La obligación de las plataformas de comercio electrónico de informar sobre las operaciones de los autónomos que las utilicen para vender sus productos responde a la transposición de una Directiva de la Unión Europea que busca mejorar el control sobre la tributación de estas operaciones comerciales. En realidad, se trata de una mera declaración informativa, por lo que la fiscalidad de estas ventas no ha cambiado.
    Para ello, plataformas como Amazon, Alibaba o Airbnb deberán presentar cada año, antes del 31 de enero, el modelo 238 de la Agencia Tributaria, creado a tal efecto. Además, antes de hacerlo deberán darse de alta en el censo de operadores de plataforma de Hacienda, a través del modelo 040.
    La Agencia Tributaria explicó que la información que deberán aportar estas compañías sobre sus vendedores en el modelo 238 será:
    • Nombre y apellidos.
    • Razón social, en caso de que se trate de una empresa.
    • Identificación de la cuenta bancaria donde se reciben las operaciones económicas.
    • Datos del titular de la cuenta, si no es el mismo que el vendedor.
    • Contraprestación acordada en cada operación.
    • Una relación de todas las operaciones.
    • Tasas, comisiones e impuestos que el operador haya retenido al autónomo cada trimestre.
    Además, “en el caso de los inmuebles alquilados en plataformas como Airbnb, también tendrá que aportarse la referencia catastral del inmueble, el tipo de inmueble y el número de días alquilados”, añadieron desde Hacienda.

    Intercambio de información fiscal entre países
    Esta obligación será intercambiada por la Administración Tributaria española con el Estado miembro de la Unión Europea donde resida el 'vendedor' o, en el caso de arrendamiento, con el Estado miembro donde está localizado el bien inmueble.
    La norma prevé que la información también pueda ser intercambiable con 'jurisdicciones socias' ajenas a la UE, en el marco del Acuerdo Multilateral suscrito en la OCDE.

    Quiénes están obligados
    Están obligados a comunicar determinada información ante la Administración Tributaria española los operadores de plataforma registrados en España, en concreto información relativa a los vendedores que utilizan sus plataformas, en la medida en que dicha plataforma permite a los vendedores ponerse en contacto con otros usuarios para llevar a cabo una actividad pertinente.
    Por otro lado, los operadores deberán aplicar las normas y procedimientos de diligencia debida sobre dichos vendedores a los efectos de la obtención y verificación de dicha información.
    Por su parte, los "vendedores" estarán sujetos a dichas normas y procedimientos de diligencia debida.
    No obstante, existen una serie de vendedores excluidos como las entidades estatales y las entidades cotizadas. También se establece una franquicia para vendedores ocasionales, siempre que realicen anualmente menos de 30 operaciones de venta de bienes, con un importe no superior a 2.000 euros.
    El Real Decreto explica que se debe informar respecto de las denominadas 'actividades pertinentes'.
    Se consideran como tales el arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles; los servicios personales; la venta de bienes y el arrendamiento de cualquier medio de transporte.
    En concreto, deberán comunicar diversos datos relativos a las operaciones en las cuales intermedian tales como identificación de los operadores de plataforma y vendedores; actividades desarrolladas por estos; contraprestación e identificación de las cuentas financieras utilizadas para el cobro de la misma; tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador, entre otros datos.

    Hacienda grava un 4% las ventas online de objetos de segunda mano entre particulares
    Las ventas de productos usados realizadas por particulares en plataformas online estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%.
    Así lo establece una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT), el brazo legislativo de Hacienda.
    Esta doctrina ya es de directa aplicación para quienes vendan bienes personales o de segunda mano en plataformas como eBay, Wallapop, Vibbo, Milanuncios o Amazon, entre otras.
    Hacienda responde así a un contribuyente que quería saber si la venta en estas plataformas online estaba sujeta a IVA o a algún impuesto. De esta forma, estas transacciones digitales reciben un gravamen análogo al que hasta ahora se impone a las ventas «físicas» de bienes usados, con la diferencia de que éstas resultan difíciles de localizar para el Fisco, pero las ventas online, que crecen exponencialmente, sí quedan registradas.
    La Agencia Tributaria (AEAT), además, pide las bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar transacciones.
    Las transmisiones patrimoniales deben declararse con el Modelo 600 de la AEAT y son competencia de las comunidades autónomas.
    Fuentes de la AEAT explican que la Agencia Estatal se concentra en que las ventas en estas plataformas online que generen beneficios se declaren en el IRPF como ganancia patrimonial. No es lo más habitual en transacciones de bienes usados y de segunda mano, pero sí cuando se venden cuadros u objetos de coleccionismo.

    En el caso de haberlos vendido a un precio superior al que se compró, sí que habrá que tributar en el IRPF por la ganancia obtenida.
    Es recomendable guardar documentos que acrediten la propiedad del bien y pruebas de la transacción como facturas o pantallazos del cierre del acuerdo, que pueden servir para demostrar a Hacienda que esos ingresos no son fruto de trabajos hechos en B, por ejemplo, sobre todo cuando hay varias transacciones con diferentes cantidades.
    «Hacienda se enfrenta ahora al reto de comunicar o difundir de una forma eficaz a los particulares la existencia de esta obligación».
    Y «no tendría sentido que existiendo una plataforma tecnológica de intercambio de bienes, no hubiese un sistema informático acorde para poder declarar el Impuesto y proceder a su pago».
    De momento, Hacienda establece en su consulta que «el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) solo grava las operaciones empresariales», por lo que «no estará sujeta al IVA la venta de objetos y enseres personales y familiares si se produce al margen y con independencia de la realización de una actividad empresarial o profesional».
    Sin embargo, si nos remitimos al artículo 7 del texto refundido de la Ley del ITP y Actos Jurídicos Documentados (AJD), que regula la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, y determina que «si se entiende que la venta de objetos usados la realizan como particulares y no como empresarios ni profesionales en el ejercicio de su actividad, como operación no sujeta al IVA, debe considerarse, en todo caso, como transmisión gravada por el ITP. Debiéndose liquidar por el adquirente, en base al valor real de los bienes y en función del tipo de gravamen que corresponda a la clase de bien que se transmite. Este tipo se fija para los bienes muebles en la actualidad, en un 4%».
    Uno de los objetivos prioritarios del control de la AEAT en los últimos ejercicios son las empresas de la economía digital. Además, el Fisco se ha enfocado a la captación y explotación de la información disponible en Internet que permite descubrir actividades ocultas.

    “Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors”
    Llav@-neres
    Assessoria i Gestió
    **Llavaneres Assessoria i Gestio no se hace responsable de las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta circular.

  • PLUSVALÍA; y la ¿UE que dice?

    La UE abre la puerta a reclamar la plusvalía municipal al cuestionar el régimen de responsabilidad del Estado.

  • Podrás fraccionar y aplazar deudas tributarias de hasta 50.000€ sin aportar garantías ni avales

    Si eres autónomo, pequeño contribuyente o tienes una pyme, podrás retrasar el pago de deudas hasta 50.000€ sin dar explicaciones y sin tener que aportar garantías o avales.

  • Prestacion por maternidad: Como reclamar a Hacienda la devolución del IRPF

    ¿Has cobrado prestación de maternidad en el ejercicio 2014 o posterior?

  • Prestamos ICO 2018 para emprendedores y pymes

    Líneas de financiación
    Una de las primeras necesidades para casi cualquier negocio es la financiación. Los préstamos ICO son una opción para conseguir ese dinero necesario para poner en marcha un proyecto o impulsarlo en su comienzo.

  • Primer despido por Covid19 calificado como procedente

    La limitación impuesta por el Gobierno “no respeta la legalidad comunitaria”.

  • Principales ayudas para familias numerosas

    Según la oficina estadística europea, Eurostat, España se encuentra a la cola de la Unión Europea en número de hijos.
    Nuestras familias apenas tienen 1,31 hijos de media, frente a 1,59 hijos en Europa.
    Estas cifras se encuentran bastante lejos de la tasa de fertilidad que se considera necesaria para lograr el reemplazo generacional: 2,1 hijos por familia.

  • Principales medidas incluidas en la Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo

    Mas de tres millones de afiliados a la Seguridad Social; los autonomos, están de enhorabuena:

  • Problemas que te crea aparecer en el fichero RAI

    La morosidad es una de las máximas preocupaciones de los empresarios autónomos y de las sociedades mercantiles.
    Seguramente, es bien conocido por casi todos que en España existen unos registros de morosos.

  • Prórroga de la prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos y empresas hasta el 31 de mayo de 2021

    El Gobierno aprueba la nueva prórroga de los ERTES hasta el 31 de mayo de 2021

  • Prórroga de la prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos hasta el 30 de septiembre

    Creacion de una nueva ayuda para los trabajadores autonomos que reanuden su actividad.

  • Prórroga de los ERTES y de la prestación por cese de actividad para autónomos.

    Prórroga de los ERTES y de la prestación por cese de actividad para autónomos.

  • Prórroga del cese de actividad para los autónomos y los ERTE hasta el 30 de junio

    La pasada semana el Gobierno aprobó la extensión de la vigencia de los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio, una fecha que podría también marcar la vigencia mínima de la prestación extraordinaria por cese de la actividad para los autónomos, bien por una prórroga de la prestación similar a la de los ERTE, bien por la propia prórroga del estado de alarma.

  • Protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y contra la corrupción

    La norma obliga a las empresas con 50 o más trabajadores a contar con un sistema interno de denuncias y prevé multas que pueden alcanzar hasta 1.000.000 euros.

  • Protocolo familiar ¿Para quién?, empresas familiares

    Quiero lo mejor para mi familia y quiero lo mejor para mi empresa”, pero muchas veces esto es causa de conflicto, principalmente por la confusión de roles y funciones en las empresa familiar.

  • Publicada la prórroga de los ERTE y de las ayudas a autónomos hasta el 30 de septiembre

    En el Real Decreto-Ley destacan dos medidas en relación a los ERTE: el mantenimiento de los de fuerza mayor total para las empresas que aún no han vuelto a la actividad y la posibilidad de que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo por culpa de un rebrote del coronavirus puedan acogerse a estos procedimientos.

  • Pymes y autónomos llenos de incertidumbre por los aplazamientos de los impuestos

    El BOE de 03 de diciembre 2016 publicó el Real Decreto Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. A través de este Real Decreto Ley se modificó el artículo 65.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT), introduciendo tres nuevos supuestos de deudas inaplazables.

  • Que deberé tributar por la nulidad de la clausula suelo

    Ante el aluvión de publicidad, donde todo el mundo está dispuesto a solucionarnos lo de la clausula suelo, los costes de constitución, Notario, registro, impuestos y otros desaguisados, he creído importante dar mi opinión, que es muy simple:

  • Que es el impuesto de actividades económicas (IAE)

    El Impuesto sobre Actividades Económicas es un impuesto de titularidad municipal y de exacción obligatoria. Es un impuesto directo, real, que graba el ejercicio de una actividad económica de carácter profesional, empresarial o artístico en el territorio español. Es un impuesto que aplica y concierne a Autónomos y Empresas.

  • Que es el IRPF y cuando se presenta

    El martes 11 de abril comenzó la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 (IRPF 2022).
    La Constitución Española exige, en su artículo 31, la contribución de todos al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
    Los tributos -impuestos, tasas y contribuciones especiales- son medios para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.
    Pagar impuestos contribuye a financiar los servicios públicos de las administraciones estatal, autonómica y local.

    ¿Qué es el IRPF?
    El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España.
    Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona.

    ¿Qué se entiende por renta a efectos del IRPF?
    La renta del contribuyente es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

    Concretamente, la renta comprende:
    Los rendimientos del trabajo (contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas, como por ejemplo los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo o las pensiones)
    Los rendimientos del capital (provenientes de bienes inmuebles rústicos o urbanos que no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el contribuyente, y los que provengan del capital mobiliario)
    Los rendimientos de las actividades económicas (por ejemplo, de fabricación, comercio o prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras, y el ejercicio de profesiones liberales, artísticas y deportivas)
    Las ganancias y pérdidas patrimoniales
    Las imputaciones de renta que se establezcan por Ley
    Existe un mínimo personal y familiar que, por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no se somete a tributación.

    Asimismo, está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra Ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes.

    ¿Quiénes deben pagar este impuesto?
    Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español y aquellas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero en los casos establecidos en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

    ¿Qué porcentaje de la renta se paga por el IRPF?
    El porcentaje de la renta obtenida que se paga al Estado depende, en primer lugar, de la clase de renta. La procedente del ahorro tributa a un porcentaje menor que la renta que no forma parte del ahorro, conocida como general.
    Esta renta general tributa de acuerdo a una escala progresiva: el porcentaje de la renta que se paga por el IRPF se incrementa a medida que aumenta la renta.
    De esta manera se favorece a las personas con menos ingresos.

    Los tramos para el IRPF 2022 son:
    Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
    Desde 12.450 hasta 20.199 euros:    retención del 24%.
    Desde 20.200 hasta 35.199 euros:    retención del 30%.
    Desde 35.200 hasta 59.999 euros:    retención del 37%.
    Desde 60.000 hasta 299.999 euros:  retención del 45%.
    Más de 300.000 euros:                      retención del 47%.
    Además, el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior.

    Por ejemplo, si una persona ingresa 22.000 euros brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% de los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros (tercer tramo).

    ¿Cuáles son las funciones de la Agencia Tributaria sobre el IRPF?
    La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública, es responsable de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero.
    Se encarga de la gestión, inspección y recaudación de los tributos de titularidad estatal, entre ellos el IRPF.

    Las principales novedades de este año fiscal son:
    Ampliación de las beneficiarias de la Deducción por maternidad e incremento de gastos de guardería, a aquellas trabajadoras que se hayan quedado en situación de desempleo por motivos de ERTE, víctimas de violencia de género, período de inactividad fijo-discontinuo o trabajadoras suspensión de la actividad económica en caso de autónomas a partir del 1 de enero de 2020. No hace falta presentar una solicitud de rectificación para los años anteriores, se realizará en la Renta de 2022.
    La ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, el Bono cultural joven y las ayudas públicas al alquiler para jóvenes de hasta 35 años tienen consideración de ganancia patrimonial no exenta, es decir, deben ser declaradas en el ejercicio de la renta de 2022.
    Por otra parte, el complemento de ayuda para la infancia, está exento de tributación.

    Novedades para los planes de pensiones:
    En 2022 el máximo de aportaciones personales a planes o fondos de pensiones que nos podremos deducir baja hasta los 1.500 euros, mientras que para las aportaciones empresariales se incrementa hasta 8.500 euros.
    Por lo tanto, es posible deducir como máximo un valor de 10.000 euros, valor total que se mantiene en comparación con el anterior ejercicio.
    Los excesos de aportaciones que no se han reducido en ejercicios anteriores se podrán aplicar en el ejercicio de 2022.
    Los afectados por la erupción volcánica de La Palma podrán disponer anticipadamente de sus derechos económicos en cuanto a planes de pensiones, así como aplicar deducciones específicas en caso de ser residentes habituales, en función del período de residencia.

    “Tener la información justa en el momento adecuado, inclina la balanza de tu lado”

    Llav@-neres
    Assessoria i Gestió


    **Llavaneres Assessoria i Gestio no se hace responsable de las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta circular.