El Gobierno aprueba el derecho a paro para las empleadas del hogar

Fin a una "deuda histórica".
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el reconocimiento de la prestación por desempleo para las trabajadoras del hogar.
Las trabajadoras del hogar también tendrán derecho a todos los subsidios y prestaciones como todos los trabajadores por cuenta ajena.

.- Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fogasa desde el 1 de octubre
.- Se crea una bonificación del 80% para la nueva cotización por desempleo
.- Se elimina la figura del desistimiento: no se podrá despedir sin causa

Esta norma también recoge ayudas públicas a la cotización a la Seguridad Social de los hogares que emplean a estas trabajadoras domésticas.
Las personas que contraten a una trabajadora del hogar tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en ese Sistema Especial.

Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fogasa a partir del 1 de octubre
Con la nueva Ley en vigor, será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a partir del 1 de octubre.
Para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fogasa en este Sistema Especial.
La equiparación con las personas trabajadoras por cuenta ajena tanto en el ámbito del sistema extintivo de la relación laboral como en el de la prestación por desempleo no es el único derecho que garantiza la norma.
Desde ahora, las empleadas del hogar tendrán garantizada la protección de la seguridad y salud al igual que cualquier otra persona trabajadora, un derecho fundamental que corresponden a todas las personas.
Además, tendrán cobertura en el ámbito de la garantía salarial en los casos de insolvencia o concurso de las empleadoras.
Aparte de esta nueva bonificación, se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial.
Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios.
Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente, recuerdan desde su departamento.

Fin al despido sin causa
Con el nuevo Real Decreto-Ley, los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, quedando eliminada la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
La nueva norma también elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa "y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna".
Así, a partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas extendiendo, por tanto, la protección frente al despido.

Acreditación de competencias
El Gobierno desarrollará políticas de formación y acreditación para las personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado o la atención de las personas que formen parte del ámbito doméstico y familiar.
Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él.

Enfermedades profesionales
La norma establece también el compromiso de creación de una comisión de estudio cuyo objetivo es la inclusión de la perspectiva de género en el cuadro de enfermedades para que se identifiquen y se corrijan las deficiencias que existen en el ámbito de la protección ante las enfermedades profesionales de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres.

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Llav@-neres
Assessoria i Gestió


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