¿Tienes patinete eléctrico? Así te afectará la nueva normativa de la DGT

Regulación de los patinetes
En vigor desde el 2 de enero de 2021


 

Vehículos
Los patinetes y Vehículos de Movilidad Personal (VMP) (con una o más ruedas y una única plaza) son definidos y considerados vehículos a todos los efectos, por lo que estarán obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.). Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.

Prohibidos patinetes
Los patinetes deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

Certificado
Los VMP o vehículos de movilidad personal van a necesitar un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que próximamente recogerá una resolución de la Dirección General de Tráfico.
Este certificado será obligatorio dos años después desde que se publique la citada resolución.

Menores
La edad permitida para conducir un patinete eléctrico es de 16 años. Los menores de 16 años pueden utilizarlos, siempre que el vehículo resulte adecuado a su edad, altura y peso, fuera de las zonas de circulación en espacios cerrados al tráfico y siempre bajo la responsabilidad de una persona adulta.

¿Por dónde pueden circular los patinetes eléctricos en Barcelona?
Los lugares por los que pueden circular los patinetes eléctricos en la Ciudad Condal varían de una zona a otra.
Por un lado, tenemos que distinguir los patinetes que son de clase A. Es decir, patinetes que no pesan más de 25 kg, los cuales pueden circular a, como máximo, 20 kilómetros por hora.
Por su parte, los de tipo B tienen un peso y un tamaño mayor, ya que llegan a alcanzar los 50 kg y son de hasta 1,9 metros. Estos últimos pueden circular a como máximo 30 km/h.
En Barcelona, hay que saber diferenciar las distintas clases de calzadas y las diferentes vías por las que circular, ya que su velocidad también puede variar.
A lo largo de toda la metrópolis, podremos encontrar una gran cantidad de rutas que han sido habilitadas para estos vehículos de movilidad personal, tanto para el tipo A como para el tipo B.

Patinetes del tipo A
En primer lugar, con respecto a las normas de los vehículos de tipo A, estos podrán circular por un carril bici, tanto segregado como no segregado.
También podrán moverse por los parques públicos y por las calles que tengan plataforma única.
Igualmente, los que pertenezcan a la categoría A, pero que puedan circular a una velocidad mayor de 20 km/h, podrán desplazarse también por las calzadas de las calles que permiten 30 km/h, con vías de un solo carril de circulación por cada sentido.
No obstante, no debes olvidar nunca que la prioridad ante los patinetes eléctricos será siempre de los peatones.
Por tanto, cada vez que estés manejando un patinete eléctrico y estés cerca de un paso de peatones, tendrás que disminuir tu velocidad y sobre todo, extremar tu precaución para evitar algunas desgracias que ya se han dado.

Patinetes del tipo B
En cuanto a los patinetes del tipo B, podrán circular por las calzadas de calles, así como por los mismos itinerarios que se les permite a los de tipo A.
No obstante, cuando estés circulando por una zona que sea peatonal, no olvides no superar los 10 o 20 km/h, según se te indique en la señalización.
También recuerda que cuando exista un carril que segregue la calzada, ambos, tanto los patinetes del tipo A como los del tipo B, deberán circular por él y no llegar a pasarse nunca de los 30 km/h.

¿Se necesita seguro para circular con un patinete eléctrico?
Contratar un seguro para un patinete eléctrico de uso personal no es obligatorio, aunque sí es muy recomendable, sobre todo para estar cubierto en los casos de accidente.
No obstante, si estás pensando en utilizar el patinete eléctrico para una actividad turística o de ocio que tenga ánimo de lucro, así como para una actividad comercial, sí será necesario tener un seguro de responsabilidad civil de forma obligatoria.

¿Debo llevar casco o protección?
El uso del casco es más una recomendación que una obligación.
Si es obligatorio en menores de 16 años. Nosotros estamos con la seguridad y cuanta más mejor.
Los patinetes eléctricos pueden llegar a alcanzar unas velocidades muy elevadas que no tienen nada que envidiar a la que llegan las bicicletas.
Ahora no hay excusa para no cumplir con las normas, pero también, utilizar el patinete eléctrico será mucho más seguro para todos y nos permitirá un mayor disfrute en nuestros movimientos del día a día, tanto en patinete como al ir de peatón.

*Si existe legislación específica de la ciudad o municipio tendrás que cumplir con ella.

Normativa y legislación patinetes de dos ruedas (no eléctricos)
Los patinetes de dos ruedas, los de toda la vida, son considerados según la
DGT como vehículos de movilidad personal.

Por tanto, están bajo la lupa de la Ley:
• Patinetes.
• Monopatines.
• Patines en línea.
• Triciclos para los niños pequeños.

¿Por dónde pueden circular?
Tienen un reducido tamaño y ocupan el mismo espacio que un peatón.
Estos vehículos de movilidad personal tienen el privilegio de poder circular por la acera, parques, paseos marítimos etc.
No constituyen un riesgo o peligro para el viandante.
A su vez, debido a que se mueve por empuje e impulso del conductor, la velocidad alcanzada es menor a la de un vehículo de movilidad personal con motor eléctrico.

¿Por dónde no puedes circular?
Se prohíbe su circulación por carreteras.
La intención es evitar que sea un conflicto para los vehículos a motor que circulan por la calzada.
La diferencia de tamaño y de potencia provoca que la legislación que recae sobre los patinetes eléctricos sea más escueta que los vehículos sin motor.
Los patinetes de dos ruedas pueden circular por la acera y no pueden hacerlo por carretera.

Importante: aquí estoy hablando de los patinetes NO eléctricos.


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Llav@-neres
Assessoria i Gestió