Autónomo, dime que ayuda has recibido y te diré como tributa. Plan Renove 2020: dime cuánto ganas al año y te diré cuánto tendrás que pagar a Hacienda

Las prestaciones obtenidas por los autónomos durante la Covid-19 tributan de una manera diferente.
Plan Renove 2020: dime cuánto ganas al año y te diré cuánto tendrás que pagar a Hacienda
La Covid-19 ha provocado que cientos de miles de trabajadores autónomos hayan tenido que solicitar ayudas por cese de su actividad.
Estas tributan de forma diferente, en función de la ayuda que se haya percibido.
Por ejemplo, las ayudas por cese de actividad tributan como rendimientos del trabajo. Éstas deben figurar en el modelo 100 de la renta anual y deben incluirse en el apartado de rendimientos del trabajo.
En el caso de haber recibido la devolución de la cuota de autónomo, el profesional deberá restar de los gastos soportados el importe de las cuotas que le hayan devuelto.
A su vez habrá que revisar que el gasto de la cuota se haya contabilizado también en el trimestre correspondiente.
Las subvenciones que se hayan percibido por parte de las comunidades autónomas tributan en rendimientos de actividades económicas. La excepción en estos casos se da si se ha indicado previamente que esa ayuda está exenta de tributar.
Aquellos autónomos que percibieron una moratoria fiscal para aplazar las deudas tributarias tendrán que pagar intereses. Los intereses deberán abonarlos si no han devuelto la deuda tras los primeros cuatro meses desde que se empezó a aplicar la moratoria. Y tendrán, además, que pagar intereses de demora.
La Agencia Tributaria procederá a liquidar el recargo si no ha podido cobrar los impuestos con los intereses.

Ayudas que no tributan
Por otro lado, hay ayudas que no tributan.
Es el caso de los préstamos ICO. Al ser un préstamo, la persona que lo ha recibido lo tiene que devolver, por lo que en realidad no hay ingreso. Esto quiere decir que el crédito que se ha recibido no tributa como tal.
En estas situaciones, el autónomo tiene que deducirse como gasto los intereses que haya tenido que soportar, así como el resto de gastos de apertura y constitución que se hayan aplicado.
Tampoco se deberá declarar ni tributar la exoneración de pagar la cuota de autónomos que va asociada a la prestación por cese de actividad.

Plan Renove 2020: dime cuánto ganas al año y te diré cuánto tendrás que pagar a Hacienda
Un sueldo medio que consiga la ayuda de 4.000 euros tendrá que tributar más de 1.000 euros
Los compradores de turismos con etiqueta ‘cero’ pagarán unos 1.000 euros en el IRPF por las ayudas del Renove.
Es la letra pequeña del Plan Renove 2020, Hacienda pedirá devolver una parte que se calcula en función de lo que ganes.
El Plan Renove 2020 contempla ayudas de hasta 4.000 euros para los vehículos eléctricos a los que habría que sumar otros 1.000 euros que aporta el concesionario y 500 más si se achatarra un coche con más de 20 años.
El Plan Renove de incentivo a la renovación del parque, dotado con 250 millones, busca sustituir los vehículos más antiguos y contaminantes por otros más limpios y seguros, como los de etiqueta “ECO” y “C”.
De lo recibido como subvención, la Agencia Tributaria pedirá un porcentaje que varía en función de la ayuda recibida y el sueldo medio anual del beneficiario (calculemos sobre 19.000€):
• Para los vehículos etiqueta ECO por los que los compradores pueden recibir hasta 1.000 euros en ayudas, la factura fiscal se encarecería en unos 240 euros para quienes reciben un sueldo medio
• Los compradores de vehículos con etiqueta “C”, que pueden recibir hasta 800 euros, tendrán que pagar unos 192 euros más en el IRPF, también en el caso de tratarse de asalariados medios
• La ayuda más elevada es la de los vehículos con etiqueta Cero Emisiones; también los que más tendrán que tributar. Un conductor con sueldo medio tendrá que devolver hasta 1.031 euros de los 4.000 percibidos

Por qué hay que declarar las ayudas del Plan Renove
Los incentivos a la compra de vehículos que ofrece el Gobierno constituyen una ganancia patrimonial que debe se debe incluir en la base imponible general del IRPF en función de los ingresos y de la situación personal y familiar de cada contribuyente.
No sucede lo mismo con los descuentos realizados directamente por el fabricante, concesionario o punto de venta del vehículo en cuestión, que no tributan por este impuesto.
Los compradores que no declaren las ayudas se exponen a tener que presentar una declaración complementaria, que en caso de no realizarla llevaría a la Administración a liquidar el importe correspondiente con intereses de demora e imponer una sanción por una infracción tributaria del 26,25% de la cuota dejada de ingresar.


“Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors”
Llav@-neres
Assessoria i Gestió