Con el COVID; ¿Tienes dudas sobre tu situación laboral? Te las aclaramos

Son muchas y muy variadas las cuestiones que a diario nos plantean nuestros clientes.
Intentare clarificar las más frecuentes, referidas al ámbito laboral y focalizado en las principales dudas que manifiestan los trabajadores.

En mi empresa me comentan que, dado que estoy en un ERTE, debido a la pandemia provocada por la Covid-19, no soy yo quien debe pedir la prestación en el SEPE, que ya se ocuparán en el trabajo. ¿Esto es así, no tengo que solicitarla, solo autorizar a mi empresa a que la pida por mí?
Efectivamente. Es la empresa quien, a través de una solicitud colectiva, debe remitirnos la información de todos los trabajadores afectados por el ERTE.

Como consecuencia de la Covid-19, estoy afectado por un ERTE en mi empresa, en la que llevaba dos meses trabajando. No había trabajado anteriormente y, por tanto, no tengo cotizaciones previas. ¿Tengo derecho a acceder a la prestación por desempleo?
Sí, ya que se reconoce el derecho a la protección contributiva por desempleo a las personas afectadas por estos ERTE, aunque carezcan del período de ocupación cotizado mínimo para ello.

¿Los trabajadores temporales afectados por un ERTE, como consecuencia de la Covid-19, tienen también derecho a la prestación por desempleo?
Sí. Tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo todos los trabajadores afectados por las medidas extraordinarias que estuvieran trabajando antes del día 18 de marzo de 2020, incluidos los temporales.

Soy un trabajador afectado por un ERTE, en una empresa en la que trabajo a tiempo parcial y, además, tengo un contrato a tiempo completo en otra empresa. ¿Puedo cobrar la prestación por desempleo en la empresa en la que dejo de trabajar?
Dado que mantienes otro trabajo a tiempo completo se da una situación de incompatibilidad que no te permite acceder a las prestaciones por desempleo. No tendrás derecho a la prestación por desempleo mientras continúe esta situación.

Estoy contratado a tiempo parcial por dos empresas. En una de ellas estamos en ERTE de suspensión por la Covid-19 desde el 24 de marzo. La otra empresa, que es de trabajos de limpieza, no va a suspender la actividad al considerarse esencial, por lo que seguiré trabajando. ¿Puedo cobrar prestación por desempleo por lo que he dejado de trabajar?
Sí, puedes acceder a la prestación por desempleo, pero de la cantidad a percibir se te descontará la parte proporcional al tiempo que trabajas en el contrato que mantienes.

Estoy dado de alta como trabajador autónomo en el RETA y además trabajo a tiempo parcial en una empresa que me ha incluido en un ERTE. ¿Tengo derecho a percibir la prestación por desempleo?
El trabajo por cuenta propia es incompatible con las prestaciones o subsidios por desempleo. Si te encontraras dado de alta como trabajador autónomo en la fecha en la que quedes afectado por la medida, o en la fecha en la que te nacería el derecho, no tendrías derecho pues no te encontrarías desempleado.

Trabajo en una empresa que me ha incluido en un ERTE y además en el servicio doméstico. ¿Tengo derecho a acceder a la prestación por desempleo?
Podrás acceder a la prestación por desempleo por el contrato afectado por la suspensión o reducción de jornada siempre que el trabajo en el servicio doméstico sea a tiempo parcial. En ese caso se te deducirá del importe de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado en el contrato de empleados de hogar que mantienes.

Suspendí una prestación por desempleo porque empecé a trabajar hace tres meses en una empresa que ahora se ha acogido a un ERTE. ¿Tengo que reanudar mi prestación suspendida?
No tienes que reanudar tu prestación, sino que podrás percibir una nueva durante el tiempo en que tu contrato se encuentre suspendido por la Covid-19, sin consumir la anterior. Si en el futuro volvieras a estar desempleado, a fin de determinar tu derecho, se actuará como si ahora no se te hubiera reconocido. Podrás reanudar la prestación que en su día se suspendió o, en tu caso, solicitar una nueva.

Perdí un subsidio hace seis meses porque empecé a trabajar por cuenta ajena en una empresa que ahora me ha incluido en un ERTE. Como no tengo período suficiente para percibir una prestación contributiva, ¿tendría ahora que reanudar el mismo subsidio que tenía suspendido o iniciaré otro subsidio?
Se te reconocerá una prestación contributiva por desempleo, y la percibirás mientras se mantenga tu contrato suspendido o reducida tu jornada por esta causa. El subsidio interrumpido podrás reanudarlo cuando te vuelvas a encontrar en situación legal de desempleo, salvo que entonces tengas derecho a una prestación contributiva.

¿Cómo puedo cambiar los datos de mi banco para cobrar en otra cuenta la prestación?
Deberás tratarlo con la empresa y que sean ellos quienes se pongan en contacto con la dirección provincial del SEPE. El problema se subsanará con la petición de la empresa, a través del correo electrónico o mediante escrito enviado por el Registro Electrónico Central, remitiendo el cambio del dato o datos que te afecten de la manera que acuerde la empresa con el SEPE.

Si estoy cobrando una prestación contributiva y me dan la baja médica o se inicia mi maternidad-paternidad, ¿cómo informo al SEPE durante este periodo del estado de alarma por la Covid-19?
Podrás informar de esta situación por teléfono, estableciendo con el operador la manera de remitir la documentación que corresponda, que será la baja médica o el documento por el que se te concede la prestación por maternidad o paternidad. También podrás solicitar cita previa virtual a través de la página web del SEPE para que un gestor te atienda en este trámite.

Mientras cobro la prestación por desempleo por ERTE, por la crisis de la Covid-19, ¿podría trabajar a tiempo parcial o completo en otra empresa? ¿Cómo afectaría esto a la cuantía que perciba de prestación?
En el supuesto de que empezaras a trabajar a tiempo completo se suspendería la prestación contributiva por incompatibilidad. Si el trabajo que iniciaras fuese a tiempo parcial, tendrías la posibilidad de compatibilizarlo, deduciendo de la cuantía a percibir la parte proporcional correspondiente a este nuevo trabajo.

“Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors”
Llav@-neres
Assessoria i Gestió