Puede que alguna vez hayas oído hablar de los juegos de azar por Internet, un modelo de negocio que está teniendo mucha acogida y que permite jugar a la ruleta, póker y otros reclamos y también apostar en partidos deportivos.
Es posible que conozcas a alguien o que tú mismo hayas utilizado uno de estos servicios, que aprovechan para ofrecer suscripciones gratuitas o depósitos gratis para enganchar a sus usuarios.
Hoy quiero hablarte de qué hacer con las ganancias o pérdidas en este tipo de webs de juego y apuestas, para poder incluirlas correctamente en la declaración de la renta.
Así, trato de responder a las preguntas más frecuentes sobre este tema.
El juego on-line y el IRPF
Lo primero que debemos tener en cuenta es que a efectos tributarios se aplicará la legislación fiscal del país en el que tribute el apostante y no del país en el que se encuentre la casa de apuestas, dado que muchas están radicadas fuera de España.
Con esta premisa aclarada podemos ver cuál es la fiscalidad de las apuestas deportivas y cuanto hay que pagar por las ganancias obtenidas en las apuestas deportivas (quinielas al margen).
El nuevo Impuesto al juego on-line está dirigido a las salas de apuestas y no a los jugadores, para los que se mantiene la actual fiscalidad, si bien es previsible que haya más control de los movimientos en sus cuentas por parte de la Comisión Nacional del Juego y de la Agencia Tributaria.
Sirva la explicación anterior para tratar de aclarar a las personas que hagan apuestas en Internet que deben declarar sus ganancias y en caso de no hacerlo es probable que Hacienda pueda obtener los datos de sus ganancias y tramitar la correspondiente sanción.
La sanción mínima es del 50% de los importes no declarados a sumar a las cantidades que Hacienda ha dejado de percibir.
En caso de estar de acuerdo y pagar la deuda la sanción se puede rebajar en un 30%.
De hecho son muchos los usuarios de plataformas de apuestas que han recibido notificaciones desde Hacienda reclamando el pago de impuestos derivados de esa actividad.
Con la nueva ley, los jugadores seguirán tributando los premios obtenidos en los juegos de suerte, envite y azar como si se tratase de una ganancia patrimonial que, al no proceder de una transmisión previa, se añadirá a la base imponible general y no a la del ahorro como por ejemplo ocurre con la venta de acciones.
Es decir, de compensar las pérdidas sufridas con las ganancias obtenidas, tal y como se hace en el caso de las acciones.
Hasta ahora sólo se pagaban impuestos por las ganancias, sin que las pérdidas tuviesen consideración alguna a efectos de IRPF.
Ahora el jugador o apostante ya puede restar de sus ganancias las pérdidas que haya sufrido.
De esta forma, si ha perdido 100 euros en una apuesta y otros 100 euros en otra pero ganado 500 euros en una tercera, sólo pagará impuestos por 300 euros.
Eso sí, lo que no podrán incluirse son cantidades negativas, algo que sí ocurre en el caso de las acciones.
Dicho de otra forma, si un año no ha sido positivo a efectos del juego y se ha perdido dinero, no se podrá poner una cantidad negativa.
Cuidado los residentes fiscales en el País Vasco , pues en las normas forales correspondientes no se ha recogido esta posibilidad de compensar pérdidas y ganancias.
Se consideran variaciones patrimoniales, y debemos declararlas en el momento que se producen.
Esto quiere decir que no importa cuándo retires el saldo de la web, debes declarar las ganancias en el momento de registrarlas.
Por supuesto, en todos los casos debes tributar por ellas como parte de tus obligaciones, aunque desde 2013 se han incorporado una serie de cambios:
Se consideran ganancias patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, y por tanto están sujetas a la modificación de la Ley 16/2012, que incluía una modificación esencial: trasladar estas ganancias de la base de ahorro a la base general.
Esto significa que se sumarán a las nóminas mensuales, los resultados de la actividad económica y profesional y a los rendimientos inmobiliarios o mobiliarios.
A este resultado se le va a aplicar la escala progresiva del impuesto, que va de un 24,75% a un 52%.
Como ves, esto significa un aumento importante con respecto al periodo anterior.
Implicaciones
Hablando desde la experiencia, tengo que contarte que es muy complicado saber cuánto vas a tener que pagar en impuestos, ya que hay que tener en cuenta la escala progresiva del IRPF tras el pago por los mínimos exentos y hay que compensar las pérdidas y ganancias obtenidas.
A esto hay que añadir la obligación o no de declarar, además de la retención que hay que aplicar.
¿Cómo se si tengo que declarar las ganancias?
No están obligadas a declarar las personas cuyos ingresos en juego online no hayan superado los 1.600 euros en el ejercicio anual.
Pero también se puede quedar exento si no se llega al mínimo personal y familiar que según la AEAT es de 5.151 euros anuales.
Para Hacienda aquellos que no superan esa cantidad a efectos prácticos su declaración será de cero.
Así que en algunos casos podría darse la situación de haber ganado más de 1600€ pero no tener que tributar por no llegar al mínimo personal y familiar.
¿Cómo tributan las ganancias?
Los jugadores tributarán las ganancias relacionadas con el juego online como si se tratase de una ganancia patrimonial.
Esto en lenguaje coloquial significa que dicha cantidad se añadirá a las rentas del trabajo de la persona. En función del importe final se aplicará un % de retención basándose en los tramos de IRPF que varían entre el 24,75% hasta el 52%:
Los tramos de IRPF son los siguientes:
• de 0 a 17.707€ – 24,75%
• de 17.707 a 33.007 – 30%
• de 33.007 a 53.407 – 40%
• de 53.407 a 120.000 – 47%
• de 120.000 a 175.000 – 49%
• de 175.000 a 300.000 – 51%
• a partir de 300.000 – 52%
Puede darse el caso que dos personas que hayan ganado la misma cantidad en apuestas, tributen de forma diferente debido a los tramos de IRPF.
Para evitar problemas es muy recomendable, además de declarar los beneficios, guardar los justificantes del juego.
Esto es especialmente importante en caso de apuestas perdedoras, ya que serán el documento exigible para poder compensar pérdidas con ganancias.
Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors
Llava@neres Assessoria i Gestio