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¿Cómo te afecta la cotización por ingresos reales si eres autónomo?

La cotización por ingresos reales subirá la cuota a 700.000 autónomos.
Los trabajadores autónomos pertenecen a un régimen especial de la Seguridad Social, lo que les diferencia respecto a los asalariados, en especial porque en su caso, al trabajar por cuenta propia son ellos quienes abonan sus cotizaciones.
La base de cotización es uno de los puntos clave para cualquier trabajador, porque en función de esa base se determinan las prestaciones contributivas que se reciben de la Seguridad Social: desempleo, jubilación o incapacidad temporal.
Es decir, a mayor base de cotización, mayor será, por ejemplo, la pensión de jubilación que se obtenga en el momento de retirarse. De manera general, esta base es la remuneración mensual bruta que cada trabajador recibe, sin embargo en el caso de los autónomos no va acorde a sus ingresos, al menos por ahora.
Los trabajadores autónomos cuentan con un sistema de bases, según el cual cada uno cotiza por la base que eligen con independencia de sus ingresos reales.
En la actualidad, deben elegir entre una base de cotización mínima de 944,40 euros al mes o una máxima de 4.070,10 euros.
Esta base actúa como el importe mensual de referencia del autónomo sobre el que se establece el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
Este sistema podría cambiar si finalmente el Gobierno de coalición cambia el sistema de cotización actual por el de ingresos reales a los trabajadores del RETA.
Equiparar las bases de cotización a los ingresos reales conlleva un aumento en la recaudación de la Seguridad Social.
Los principales perjudicados serán los autónomos con mayores ingresos porque si su remuneración real supera a la base por la que cotiza actualmente, el incremento de la nueva base implica un aumento de la cuota de autónomo mensual.
Este importe, al igual que ocurre con los asalariados, se calcula a partir del tipo de cotización general del 30,3%, en el que se incluyen contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y formación y prevención, que se aplica sobre la base de cotización.
No obstante, ese incremento de dinero no es a fondo perdido, sino que el trabajador lo verá reflejado en sus prestaciones.
Las pensiones contributivas se calculan también a partir de la base de cotización. En el caso de la pensión de jubilación, por ejemplo, la base de cotización determina la base reguladora, sobre la que finalmente se aplica el porcentaje a aplicar según el número de años cotizados, a partir de 35 años cotizados se aplica el 100% de la base reguladora.
El nuevo sistema que pretende aplicar el Ejecutivo de coalición, se basaría en unos tramos, que tendrá en cuenta los ingresos que tengan los autónomos.
Los trabajadores que ingresen menos de 12.000 euros anual seguirían cotizando por la base mínima.
Aquellos con ingresos superiores a 12.000 euros y menos de 24.000 o 25.000 euros seguirían cotizando como hasta ahora.
Si se superan esas cantidades, sí sufrirán cambios. Las cotizaciones a la Seguridad Social aumentarán progresivamente cuanto más se acerquen sus ingresos al máximo de 45.000 euros.
Según se desprende del informe “El trabajador autónomo ante la previsión social' realizado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) para Fundación MAPFRE, el 86% de los autónomos cotiza por la base mínima.
La cifra explicaba la diferencia en las prestaciones que perciben los autónomos respecto a los asalariados. Sin embargo, esto no cambiaría con el nuevo sistema de cotización.
Según ha afirmado el ministro de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social, "el número de autónomos que van a tener que cotizar menos porque tienen ingresos menores supera ampliamente a los que van a cotizar más".
Además, ha señalado que, entre aquellos que tendrán que abonar una cotización superior, "muchos se han dado cuenta en la pandemia de que cotizar más es más prestación".

División entre los autónomos
La realidad es que entre los trabajadores por cuenta propia no hay consenso.
Pese a asegurar que el sistema "tiene todo el sistema", algunos señalan que no es el momento para cambiarlo.
Diversas organizaciones ha advertido al Gobierno de que, aunque tiene "todo el sentido" adecuar progresivamente las cotizaciones de los autónomos a sus ingresos reales, no es el momento de hacerlo en el contexto actual ni parece "factible" desde un punto de vista operativo y práctico.
Frente a la previsión del ministerio, las organizaciones avanzan que este sistema se traduciría en un “aumento de las cotizaciones para el 70% de los autónomos”.
Lo decimos alto y claro. No vamos a apoyar ningún cambio en el sistema de cotización de los autónomos que implique un aumento de las cuotas.
Ni es el momento ni pueden los autónomos, que están asfixiados.
Hay que bajar cuotas, no subirlas a “nadie", aunque un sistema de cotización proporcional a los ingresos debería buscar la equidad, podría producir el efecto contrario: producir mayor desigualdad y precariedad entre los autónomos.
El Ministro; ha subrayado que el actual sistema de cotización, vigente desde hace 50 años, es "absolutamente injusto", pues los autónomos menos pudientes salen perjudicados al tener que hacer un esfuerzo contributivo "muy por encima de sus posibilidades".
En cambio, argumenta, a prácticamente 700.000 autónomos se les está beneficiando, ya que aunque podrían cotizar por encima de la base mínima, no lo hacen, de forma que el sistema resulta injusto e injustificado.
"Debe reinar el principio contributivo de la solidaridad", apunta.
De entrada, al margen del detalle de las propuestas que ya se van deslizando, se entiende que de la reforma saldrá por un lado un ajuste de cotización tanto para aquellos que sobre cotizan en relación a sus ingresos netos como para los que infra cotizan.
La contrapartida, eso sí, sería directa en una mejora de las prestaciones por cese de actividad y de las pensiones de jubilación abonadas por la Seguridad Social, por lo que los cambios en la cuota iría aparejados de una mejora de las coberturas sociales para el colectivo.
No se trata de prever un volumen de ingresos que va a tener el autónomo durante el año sino que se ajustan las cantidades debidas de cotización en la declaración de renta, lo que sería un sistema de compensación con la Seguridad Social al cierre del ejercicio fiscal, en base al comportamiento de su negocio.
Además, la reglamentación se articularía siempre en función de los ingresos netos.
En este sentido, más allá de la reforma, esta debe ser sensible a la coyuntura económica, por lo que se deberá impulsar una vez despejado el panorama del impacto de la pandemia y atendiendo a las necesidades de los autónomos 'de base' para impulsar o relanzar sus negocios.

Cambios en la cuota, en base a ingresos
No aplicar cotización a la Seguridad Social a los declarantes que estén por debajo de 9.000 euros de ingresos íntegros anuales totales (en el umbral del Salario Mínimo Interprofesional) y cualificar la base de cotización a aquellos que estén por encima de los 70.000 euros brutos anules.
Si bien a efectos de carrera de cotización y prestaciones las personas que desarrollan una actividad económica cuyos ingresos estén por debajo del SMI, tendría una aportación económica no superior a la establecida para los beneficiarios de la conocida Tarifa Plana.
Pendientes de un análisis más completo y sobre bases reales podemos considerar que la propuesta puede implicar que estarían sujetos a cotización pero exentos sobre 500.000 personas, que buena parte de ellos en la actualidad no cotiza y ni siquiera están sujetos a cotización, y aumentaría la base de cotización de forma cualitativa a 400.000.
Al menos este salto en la cotización se tendría que adoptar en las bases mínimas, es decir, los declarantes cuyos rendimientos económicos anuales superen los 70.000 euros brutos, pasarían a cotizar por una base de cotización mínima de 1839,64 euros (sería el doble).
La base de cotización mínima para los autónomos en los que los rendimientos de trabajo no excedan los 40.000 euros será de 919,80 euros, tomando la cotización mínima presente.
"El que no se haya establecido hasta ahora una base de cotización cualificada para los autónomos que ingresan rentas más altas, ha tenido como consecuencia que buena parte de las rentas disponibles se hayan transferido al ahorro privado, bien a través de Fondos de Pensiones o Seguros profesionales y para la jubilación, produciendo un detrimento de recaudación en los sistemas públicos de protección social", se argumenta.
Por esta razón, sería imprescindible buscar un modelo alternativo de gravamen para las aportaciones a los seguros privados para favorecer los ingresos del sistema público, siempre referidos a las rentas brutas superiores a 70.000 euros.

Propuesta del Gobierno sobre el RETA
En esta línea, el Gobierno propondrá incluir en la reforma a los agentes sociales del trabajo autónomo, e incluirá la fijación de tramos de renta para escalar así las cuotas de contribución, y que parece se está articulando en base a siete tramos.
Si bien fuentes cercanas a la negociación reconocen que aún no han recibido ninguna propuesta del Ejecutivo, rumores afirman que, aquellos autónomos con ingresos por debajo de los 12.000 euros seguirán tributando por la base mínima y recibirían incluso rebajas que podrían llegar hasta el 50% de lo que cotizan.
Quienes cobran hasta 24.000 o 25.000 euros seguirían cotizando como hasta ahora. Y a partir de ese nivel, las tributaciones irían creciendo hasta llevarla al máximo actual de 45.000 euros anuales.
Cabe recordar en este punto que el 86% de los 3,2 millones de empleados por cuenta propia que hay en nuestro país cotizan por el mínimo y desde 2019 la base mínima, incluida la incapacidad temporal, el cese de actividad y la formación continua es el 30% de 944,35 euros, lo que supone 283,30 euros al mes.
Así, de media, la aportación de estos trabajadores es cerca de un 35% de media menor que la realizada por los asalariados en el régimen general.
Sin olvidar que el acceso a los servicios y coberturas se amplió ya en el Real Decreto de diciembre de 2018 aprobado por la entonces ministra del ramo, y que recogía que con carácter general, desde el 1 de enero de 2019, los trabajadores incluidos en el Reta deben cotizar de manera obligatoria por contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora.
Autonomos societarios
También, actualmente, el Reta cuenta con 1.038.569 autónomos societarios, en lo que no queda claro cómo se podría aplicar: si sobre rendimientos de la sociedad o del autónomo.
Además se contabilizan unos 198.552 familiares colaboradores, en los que se debería determinar si asumir rendimientos del autónomo principal, además de los 400.000 autónomos en estimación objetiva o módulos (que cotizan sobre rendimientos predeterminados).
Más concretamente, entre los ingresos mínimos exentos por debajo del SMI y los más altos, hasta donde se duplicaría la base mínima, se establecerían tramos de modo que quienes se encuentren entre el SMI y los 30.000 euros elegiría su base cotización, mientras que entre 30.000 euros y 40.000 euros de ingresos netos se imputaría la base mínima que tienen los autónomos societarios.

La sombra del fraude
Además, uno de los problemas que se podrían derivar de la nueva regulación, de aplicarse el sistema de forma ramificada , podría producirse el "efecto frontera" y provocar una caída de los rendimientos netos totales del colectivo, que no sólo afectaría a Seguridad Social sino a Hacienda, además de la salida del sistema de muchos autónomos hacia la economía sumergida al no poder hacer frente al pago de las cuotas, lo cual produciría el efecto contrario al deseado: una menor recaudación para las arcas de la Seguridad Social.

Propuesta del Gobierno de los tramos de cotización
El Ministerio de Empleo, ha ofrecido una propuesta, donde se incluía un aumento de las bases de cotización para todos los autónomos, a excepción, de los que ganen menos del salario mínimo interprofesional.
La propuesta está formada por cuatro tramos:

• Cotización inferior a 932 euros, para aquellos autónomos que no lleguen a facturar al año el salario mínimo interprofesional anual.

• Base mínima de 945 euros, con un porcentaje del 33,70 % para las contingencias sociales.

• Base de 990, un tipo del 31,8%

• Base mínima de 1.050 euros, supondrá un tipo del 31,20%


“Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors”
Llav@-neres
Assessoria i Gestió