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Llav@-neres - Assesoria y Gestio - Asesoria

  • Novedades a la Ley de arrendamientos

    El Consejo de Ministros ha aprobado el real Decreto-Ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler que, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, entrará inmediatamente en vigor.
    Uno de los objetivos prioritarios es aumentar la oferta de viviendas en alquiler y ofrecer mayor seguridad jurídica al arrendatario y arrendador.

  • Novedades en la recuperación del IVA devengado por créditos incobrables

    ¿Estás cansado de luchar para recuperar el IVA devengado por créditos incobrables o impagados?

  • Novedades en las retenciones para 2015

    El Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, modifica el Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/20017, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

  • Novedades laborales para el 2019 que debes conocer

    El pasado viernes (28 de diciembre), el Consejo de Ministros aprobó una importante batería de medidas en materia laboral.
    El sábado, 29 de diciembre se publicó en el BOE bajo el nombre de RD-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

  • Novedades para autónomos y pymes afectados por el Coronavirus

    Estas novedades para autónomos afectados por el Coronavirus se han publicado en el Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

  • Nueva Ley de atención al cliente

    Próximos cambios en los servicios de atención a la clientela

  • Nueva Ley del bienestar animal

    La Nueva Ley de Bienestar Animal entrará en vigor el próximo 29 de septiembre y son muchas las dudas de los propietarios de animales sobre sus nuevas obligaciones o derechos en relación a sus mascotas.

  • NUEVA OBLIGACIÓN: Legalizacion de libros de actas y libros de registro por medios telematicos

    El artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (la “Ley de Emprendedores”), establece que todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios, con arreglo a las disposiciones legales aplicables1 (los “Libros”),

  • Nueva prestación para los autónomos que sufran un accidente laboral.

    El recién estrenado año 2020 nos trae un nuevo paquete de ayudas para el autónomo. Publicado en el BOE, el 13 de diciembre de 2019, contiene una serie de prestaciones para aquellos trabajadores por cuenta propia que hayan sufrido un accidente laboral o enfermedad profesional.

  • Nueva prórroga de los ERTES hasta el 30 de septiembre de 2021

    Estimad@ cliente,

  • Nuevo Informe de Vida Laboral de Empresa

    ¿Cómo es el nuevo informe de Vida Laboral de Empresa de la Tesorería General de la Seguridad Social?
    La «Vida Laboral de Empresa» ofrece información acerca de las liquidaciones de cuotas a la Seguridad Social presentadas en el año 2017, las cuotas calculadas por la Tesorería General de la Seguridad Social y las cuotas ingresadas por la empresa.

  • Nuevo libro registro de IRPF para autónomos en 2020

    Que autonomos se veran afectados?

  • Nuevo permiso retribuido recuperable: Servicios esenciales

    El domingo, 29 de marzo de 2020, se publicó a las 23:30 horas, aproximadamente, el Real Decreto-ley de 10/2020 por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.

  • Nuevo plan de choque a realizar por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Contrato a tiempo parcial - Contratación temporal fraudulenta

    En la Instrucción 4/2019, de 7 de agosto de 2019, se establecen las instrucciones necesarias para la realización tanto del plan de choque contra la contratación temporal como del plan de choque contra la utilización irregular de los contratos a tiempo parcial.
    A tal efecto, la ITSS remitirá a las empresas con posibles situaciones de fraude una comunicación informándoles de los datos obtenidos y advirtiéndoles de las actuaciones inspectoras en caso de no regularización.
    El plan de choque, también llamado plan por un trabajo digno 2018-2020, pone el foco entre otras cuestiones la temporalidad y los contratos a tiempo parcial.
    El objetivo de la administración es intentar que las empresas no utilicen este tipo de contratación en abuso de derecho y de forma fraudulenta, iniciando su revisión en los sectores de hostelería, restauración y comercio en general.

    Cartas dirigidas a las empresas
    Efectivamente, hay una nueva campaña de cartas dirigidas a las empresas, donde se aprecian supuestos indicios de fraude, según los índices porcentuales de reducción de jornada, establecidos en los propios contratos a tiempo parcial.
    La finalidad es determinante, o se regulariza por la propia empresa, o se recibirá una citación a inspección.

    ¿Qué hacemos si recibimos una carta de Inspección de Trabajo?
    Este plan de choque se está realizando ya desde el pasado agosto y finalizará en diciembre de este año.
    Las empresas tendrán un mes, una vez recibida la carta, para regularizar a sus trabajadores. A partir de aquí, en caso de no hacerlo, podrían recibir la visita de inspección.
    En todo caso las empresas que reciban la carta, deben consultar con sus asesores laborales para saber si el criterio que están siguiendo en sus contrataciones a tiempo parcial es correcto o no.
    Si se han detectado indicios de fraude, puede que algo no se ajuste del todo a la legalidad y estará sujeto a revisión y a una posible sanción.
    Por otro lado, si no han puesto en marcha el registro horario, es el momento de hacerlo, ya que aunque esta herramienta de momento no es objeto en sí misma de Inspección, si es necesario tenerlo implantado y operativo.
    Este tipo de cartas “amenazantes”, no deja de ser una intimidación para las empresas, sobre todo para aquellas que están actuando correctamente.

    Sanciones
    En el supuesto de incumplimiento en esta materia, la ITSS (Inspección de Trabajo y Seguridad Social) levantará acta y sancionará a la empresa con la calificación y graduación como falta grave, imponiendo una sanción cuyo importe se establecerá, según las circunstancias (gravedad, intencionalidad, reincidencia, volumen de trabajadores afectados, etc,...), en el tramo entre 626 a 6.250 euros, por trabajador.
    Asimismo, deberán ingresar las cotizaciones no practicadas por el exceso de jornada establecida en fraude y respecto a las actas de liquidación oportunas, más un recargo del 20%.
    Todos los sectores económicos pueden ser objeto de la actividad de control, siendo prioritarios los sectores de hostelería y comercio.
    Los criterios de selección de empresas inspeccionadas y que están dentro del perfil de riesgo, son los siguientes:
    1. Las empresas cuyos trabajadores presenten un porcentaje de jornada muy bajo, igual o inferior al 50% de la jornada a tiempo completo.
    2. Las empresas cuyos porcentajes de los contratos a tiempo parcial es muy alto en relación con la plantilla total de la empresa y en cuya evolución de la plantilla se encuentren incrementos significativos de la contratación a tiempo parcial, empezando por aquellas que tienen el 100% de los trabajadores de la plantilla a tiempo parcial.

    El Objetivo de la ITSS y posibles consecuencias
    El objetivo principal de la ITSS, es recuperar derechos laborales, mejorar la calidad del empleo y las condiciones de trabajo, proteger la seguridad y salud de los trabajadores, además de garantizar la competencia leal entre empresas en el mercado de trabajo.
    La consecuencia inmediata de este plan de choque puede resultar muy negativa para el mercado de trabajo y la creación de empleo activo entre los colectivos más sensibles (mayores de 45 años y jóvenes), ya que, las empresas, tenderán a no utilizar esta modalidad de contratación flexible, que supone un índice muy elevado de acceso al empleo, sobre todo en las campañas para la cobertura en servicios como las derivadas por la demanda turística.
    Los nuevos planes que hemos referido aspiran a tener efectos disuasorios y también recaudatorios.
    El hecho de que estos planes pongan el acento en la contratación fraudulenta a tiempo parcial, con un mayor número de trabajadores afectados persigue el afloramiento de empleo sumergido, con el consiguiente impacto en el incremento de cotizaciones y recaudación fiscal.

    “Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors”
    Llav@-neres
    Assessoria i Gestió

  • Nuevo Plan estratégico de la Inspección de Trabajo 2021-2023.

    Hacia un nuevo modelo de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

  • Nuevo régimen en las ventas y compras a distancia en el IVA.

    Declaración y pago a la importación de bienes que no superen los 150 euros.

  • Nuevo sistema de cotización de autónomos en 2023

    Las cuotas para el año que viene van desde los 230 a los 500 euros mensuales, pero en 2025 habrán bajado a 200 y subido a 590 respectivamente.

  • Nuevos permisos retribuidos y no retribuidos, conciliación y parejas de hecho

    Que entran en vigor medidas en el ámbito laboral, que modifican artículos del Estatuto de los Trabajadores

  • Obligaciones de las asociaciones y entidades no lucrativas

    Obligaciones de las asociaciones y entidades no lucrativas
    ¿Conoces las obligaciones a las que están sometidas legalmente?
    ¿Conoces las obligaciones de las asociaciones y entidades no lucrativas?

  • Obligaciones de trabajadores y empresas en procesos de incapacidad temporal

    El plazo de entrega de los partes de baja y confirmación es de 72 horas, excepto el parte de alta médica, que debe ser entregado en el plazo de 24 horas.
    El incumplimiento de estos plazos puede ser una faena, tanto para el empresario como para el trabajador. Si el empresario no puede acreditar la baja, y no comunica a la Tesorería de la Seguridad Social esa situación, incurre en una infracción leve según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), que puede ser sancionada con un importe de 60 a 625 euros según el art. 40 del mismo texto legal.