¿Has cotizado más de lo que debías? Puedes solicitar una devolución

Se entiende por pluractividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su obligatoria en dos o más Regímenes distintos en la Seguridad Social.
Los trabajadores que pagan al mismo tiempo como asalariado y autónomo a veces sobrepasan el límite de cotización y nadie les advierte de que tienen derecho a reembolso.
El caso más habitual es el de un trabajador por cuenta ajena que cotiza por el Régimen General y que a la vez tiene alguna actividad económica que le obliga a cotizar en el Régimen de Autónomos.


Esta situación no ofrece ninguna ventaja a efectos del cómputo de los periodos de cotización para la jubilación, ya que esos periodos no se suman. Un día cotizado en dos regímenes simultáneamente no computa como dos días.
Trabajar al mismo tiempo como autónomo y asalariado es posible.
Como consecuencia, sin embargo, a veces es posible que se acabe pagando de más a la Seguridad Social, ya que se cotiza a la vez en dos regímenes diferentes.
¿Qué hacer en ese caso?
Se puede pedir el reembolso de la parte abonada en exceso.
Desde la entrada en vigor de Ley de Emprendedores, finalmente aprobada en el Congreso el 19 de septiembre de 2013, están vigentes importantes bonificaciones para nuevos autónomos en situación de pluriactividad.
Las bonificaciones se plasman en una reducción de las bases de cotización.
En 2015, estos autónomos podrán reducir su base de cotización de la siguiente manera:
• Primeros dieciocho meses de alta: hasta el 50% de la base mínima de cotización, por lo que la base por la que podrán optar los autónomos en pluriactividad será 442,20 euros.
• Segundos dieciocho meses de alta: hasta el 75% de la base mínima, que se quedaría por tanto en 663,30 euros.
• En el caso de que la pluriactividad sea a tiempo parcial, las bonificaciones se reducirían al 75% y 85% respectivamente, con una base mínima de 751,80 euros.
No obstante, si así lo desearan, podrán optar por una base de cotización superior hasta llegar a las bases máximas de cotización.
Los requisitos para poder optar a estas cuotas reducidas son:
• Darse de alta por primera vez en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social.
• Iniciar una situación de pluriactividad con motivo de dicha alta.
Esta bonificación será incompatible con cualquier otra como por ejemplo la tarifa plana de 50 euros. Aunque si se tiene derecho a ella, el autónomo podrá elegir cual prefiere.
Esta medida va a sustituir en algunos casos a las devoluciones por doble cotización que se explican más abajo, para lo que era necesario cumplir unos requisitos que pocos autónomos cumplían.
Un empleado por cuenta ajena que colabora en otros proyectos como trabajador independiente —y de manera habitual— tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autonomos y rendir cuenta por ambas actividades.
En esta situación, conocida como pluriactividad, puede ocurrir que el trabajador supere el techo máximo de cotización.
En este caso, puede solicitar el reintegro de la mitad de lo abonado en exceso —hasta el tope del 50% de las cuotas ingresadas como autónomo—, siempre y cuando la suma de las dos cotizaciones supere el techo máximo de cotización, que para 2016 será de 12.368,23 euros, según recogen los Presupuestos Generales del Estado presentados el pasado 4 de agosto.
Para 2015, los trabajadores en pluriactividad que hayan cotizado por encima de 12.245,98 euros (un 1% menos que 2016) podrán pedir la devolución una vez entrado el nuevo año, en un plazo fijado entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2016.
Este techo máximo se actualiza cada año junto con las bases mínimas y máximas de cotización.
Esto nos lleva a que hay que pedirlo expresamente, y, muy pocos lo hacen.
La Seguridad Social no envía ningún aviso ni información al trabajador que cotiza de más y, si consume el plazo sin solicitar la devolución, se pierde todo derecho a reclamar ese dinero. “La devolución se efectuará a instancias del interesado, que habrá que formularla en los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente” y sino ni te mandan una carta con el Gracias.
Lo lógico sería que la Seguridad Social, lo notificase o se hiciera automáticamente, es decir, que desde un principio se pagara un 50% menos” sobre lo cotizado en exceso.
En España hay casi 100.000 ocupados que se encuentran en situación de pluriactividad, los datos del porcentual que solicita la devolución o tienen derecho a ella, ni se publica ni se sabe.

 

Una forma molt personal d’entendre les empreses i els emprenedors